Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-19056

Resolución de 22 de septiembre de 2003, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, por la que se dispone la publicación del resumen de la cuenta anual del organismo, correspondiente al ejercicio de 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2003, páginas 36968 a 36973 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2003-19056

TEXTO ORIGINAL

Formulada la cuenta anual de este organismo autónomo correspondiente al ejercicio de 2002, conforme a lo previsto en el artículo 12.k) de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 2323/1998, de 23 de diciembre, y aprobada la misma por el Consejo Rector de la Gerencia, en su reunión del 15 de julio de 2003,

Esta Dirección acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del resumen de la cuenta anual de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado correspondiente al ejercicio de 2002, conforme a lo dispuesto en el apartado 6 del punto primero de la Orden del Ministerio de Hacienda de 28 de junio de 2000 por el que se regula la rendición de cuentas de los Organismos públicos.

Madrid, 22 de septiembre de 2003.–El Director de la Gerencia, Juan José Izarra del Corral.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/247/19056_13751077_image1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/247/19056_13751077_image2.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/247/19056_13751077_image3.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2003/247/19056_13751077_image4.png

MEMORIA CORRESPONDIENTE A LA CUENTA DE LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO 2002 DE LA GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTO DE LA SEGURIDAD DEL ESTADO (GIESE)

D.1 Organización.

La Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado es un organismo autónomo de carácter temporal indefinido dependiente del Ministerio del Interior y adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad, que fue creado por la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social (B.O.E. de 31-12-1997), y modificado a su actual denominación, duración y funciones por la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, y está dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios.

Su efectiva constitución se produjo el 9 de febrero de 1999, al celebrarse la primera reunión de su Consejo Rector, según lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre (B.O.E. de 21-1-1999), por el que se aprueba su Estatuto.

D.1.1 Funciones de la GISE.

Se establecen en el artículo 53 de la citada Ley 14/2000 y son:

1.ªDesarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia de patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo, a efectos de la elaboración y realización de los Planes de Infraestructuras de la Seguridad del Estado y cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectados a los fines de la seguridad.

2.ªHacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico, coordinar y desarrollar los planes de infraestructuras de la seguridad del Estado, así como llevar a cabo acuerdos de colaboración al efecto con las Corporaciones Locales y con las Comunidades Autónomas.

3.ªColaborar con los Ayuntamientos en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes. Esta colaboración, así como las propuestas a que se refiere el apartado anterior, deberán procurar la coordinación con el planeamiento para facilitar la ejecución de los planes de infraestructura.

4.ªAdquirir y construir, en su caso, bienes inmuebles para su afectación a los fines de la seguridad del Estado, conforme a los planes de infraestructura formulados, así como enajenarlos mediante venta o permuta, según los correspondientes planes, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo.

5.ªLa adquisición de infraestructura, armamento y material para su uso por las Fuerzas y Cuerpos de la Seguridad del Estado, de acuerdo con los planes y programas aprobados por la Secretaría de Estado de Seguridad y que ésta le encomiende, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la Policía y de la Dirección General de la Guardia Civil.

6.ªLa enajenación onerosa de los bienes muebles que sean puestos a su disposición, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de los fines del organismo.

Estas funciones aparecen desarrolladas en el Estatuto de la GISE, cuyo artículo 4 establece que son funciones de la Gerencia, para el desarrollo y cumplimiento de los planes de infraestructura de la seguridad del Estado las siguientes:

a) Desarrollar las directrices del Ministerio del Interior en materia del patrimonio inmobiliario y condiciones urbanísticas del mismo.

b) Elaborar, ejecutar y realizar dichos planes de infraestructura.

c) Cumplir los cometidos que se le asignen en relación con los inmuebles afectados a los fines de la seguridad.

d) Adquirir a título oneroso o gratuito y construir, en su caso, bienes inmuebles.

e) Enajenar bienes inmuebles mediante venta o permuta, al objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.

f) Hacer propuestas referentes al planeamiento urbanístico.

g) Celebrar acuerdos o convenios de colaboración con las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas y cuantos organismos y entidades públicos o privados entienda necesario o conveniente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 74.4 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

h) Colaborar con las Corporaciones Locales en los planes de ordenación urbana que afecten a los inmuebles y acuartelamientos existentes.

Tras la entrada en vigor de la Ley 14/2000, y por imperativo de ésta, se ha procedido a la elaboración de un nuevo Estatuto, en el que se recojan las modificaciones legales del Organismo; nuevo Estatuto que se encuentra en fase avanzada de tramitación.

D.1.2 Estructura.

La Ley 14/2000 configura a la G.I.E.S.E. con la siguiente estructura (artículo 53.3):

1. Órganos Rectores:

1.1 El Consejo Rector. Es el órgano colegiado superior de dirección. Presidido por el Secretario de Estado de Seguridad, está integrado por un mínimo de seis Vocales. Son Vocales natos: el Director General de la Policía, el Director General de la Guardia Civil, el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, el Director General del Patrimonio del Estado, el Director General de Presupuestos y el Director General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo.

El resto de Vocales, hasta un máximo de doce, serán nombrados y cesados por el Ministro del Interior.

Según este mismo artículo, corresponde al Consejo Rector, además de la alta dirección y representación del Organismo, la aprobación de los planes de actuación, los de compra, venta y permuta de solares y bienes muebles e inmuebles y las competencias que se le asignen reglamentariamente. El artículo 7 del Estatuto vigente regula las competencias del Consejo.

1.2 La Comisión Delegada: Creada por Acuerdo del Consejo Rector de fecha 28 de mayo de 1999, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Estatuto, está presidida por el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, e integrada por los siguientes Vocales: el Director del Gabinete de la Secretaría de Estado de Seguridad, el Subdirector General de Gestión y Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía, el Subdirector General de Apoyo de la Guardia Civil, el Subdirector General de la Vivienda, la Arquitectura y el Urbanismo del Ministerio de Fomento. El Secretario de la Comisión Delegada es también el Secretario General de la GISE.

1.3 La Dirección de la Gerencia, que según el artículo 11 del Estatuto será asumida por el Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, con las competencias que se contemplan en el artículo 12.

2. La Secretaría General.

Directamente dependiente de la Dirección de la Gerencia, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Estatuto, la integran dos Áreas:

2.1 El Área de Régimen Interior, a través de la cual la Secretaría General ejerce las siguientes competencias (artículo 14 del Estatuto):

a) Administrar el personal y el régimen interior de la GISE.

b) Realizar la gestión económico-administrativa y financiera.

c) Gestionar la adquisición de bienes muebles, con arreglo al texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.

d) Elaborar el anteproyecto de Presupuestos.

e) Tramitar los expedientes que tengan relación con adquisiciones, enajenaciones y permutas de inmuebles.

f) Elaborar las cuentas anuales de la GISE.

Este Área de Régimen Interior está conformada por dos Servicios:

2.1.1 El Servicio de Administración, que se encarga de la gestión del personal y de los medios materiales y técnicos de la Gerencia, así como de la tramitación de la contratación, y en el que está integrada la Caja Pagadora del Organismo, creada por Resolución de 30 de noviembre de 1999 del Secretario de Estado de Seguridad en su condición de Presidente del Consejo Rector de la GISE, para atender, por el sistema de anticipos de cada fija, los gastos de carácter repetitivo y periódico imputables al Capítulo II del Presupuesto de Gastos de la Gerencia, conforme a lo establecido en el Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre Anticipos de Caja Fija.

2.1.2 El Servicio de Gestión Económica, creado por Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR), de fecha 31 de enero de 2002, por la reclasificación del anterior puesto de trabajo de Jefe de Sección de Contabilidad, y que se encarga de la tramitación presupuestaria y contable de los expedientes de enajenación e inversiones, así como de conformar los inventarios de bienes y derechos de la Gerencia.

2.2 El Área de Gestión, mediante la que la Secretaría General de la GISE ejerce las siguientes competencias:

g) Desarrollar actuaciones y gestiones en materia patrimonial y urbanística referentes a los inmuebles encomendados a la GISE.

h) Contribuir con sus informes y actuaciones a la elaboración y realización de los planes de infraestructura de la Seguridad del Estado.

i) Realizar la identificación física y jurídica actualizada de los bienes inmuebles y gestionar la tasación de los mismos por los organismos especializados.

j) Elaborar los pliegos de condiciones para las adquisiciones, enajenaciones y demás operaciones referentes a inmuebles.

k) Formular propuestas de actuación de la GISE.

l) Elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes y derechos de la GISE.

El Área de Gestión cuenta con un Servicio:

2.2.1 El Servicio de Gestión Urbanística.

2.3 El Área de Gestión Técnica, que se encarga de las funciones que, en materia de equipamientos, atribuye a la Gerencia la Ley 14/2000, en los apartados 5 y 6 del artículo 54.Dos. Esta Área fue creada por Resolución de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR), de fecha 22 de mayo de 2002, por reclasificación del anterior puesto de trabajo de Jefe del Servicio de Gestión Técnica.

D.1.3 Titulares de los Órganos de la GISE:

1. Presidente del Consejo Rector: Excmo. Sr. D. Ignacio Astarloa Huarte-Mendicoa, Secretario de Estado de Seguridad.

2. Director de la Gerencia: Ilmo. Sr. D. Juan José Izarra del Corral, Director General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.

3. Secretario General de la Gerencia (Subdirector General): Ilmo. Sr. D. Juan Carlos González Solé.

4. Jefe de Área de Régimen Interior: D. Gonzalo Jar Cousuelo.

5. Jefe de Área de Gestión: D. Gabriel Muñoz Rebollo.

6. Jefe de Área de Gestión Técnica: D. José Martínez Sanjuán.

7. Jefe del Servicio de Gestión Urbanística: D. Casimiro Casillas Casillas.

8. Jefe del Servicio de Administración: D. Julio Casal Jiménez.

9. Jefa del Servicio de Gestión Económica: D.ª Isabel Fanego Palat.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid