El artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación («Boletín Oficial del Estado» número 73, del 26), dispone que podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas asociaciones cuyos fines estatutarios tiendan a promover el interés general, y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales y cualesquiera otros de similar naturaleza, siempre que reúnen los demás requisitos contemplados en el apartado primero del mencionado artículo.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 35 de la citada Ley Orgánica y en el 2 del Real Decreto 1786/1996, de 19 de julio, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, la declaración de utilidad pública se llevará a cabo por Orden del Ministro del Interior previo informe favorable de las Administraciones Públicas competentes en razón de los fines estatutarios y actividades de la asociación y, en todo caso, del Ministerio de Hacienda.
En su virtud, previa instrucción de los correspondientes expedientes, en los que obran los preceptivos informes favorables, dispongo declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones:
Número | Asociación | Municipio | Provincia |
---|---|---|---|
21 | Federació de Cors de Clave. | Barcelona. | Barcelona. |
23 | Federación Española de Familias Numerosas. | Madrid. | Madrid. |
774 | Federación Provincial de Asociaciones de Minusválidos Físicos de Jaén. | Jaén. | Jaén. |
1684 | FEAFES Castilla y León FECLEM. | Valladolid. | Valladolid. |
2006 | Federación de Entidades y Organizaciones Protectoras de Personas Autistas de la Comunidad Autónoma de Galicia-Autismo Galicia. | Santiago de Compostela. | La Coruña. |
2007 | Plataforma Representativa Estatal de Discapacitados Físicos (PREDIF). | Madrid. | Madrid. |
33137 | Asociación de Consumidores de Navarra Irache. | Pamplona. | Navarra. |
45344 | Asociación de Padres de Personas con Retraso Mental Fraternidad. | Tapia de Casariegos. | Asturias. |
50838 | Confederación Coordinadora Estatal de Minusválidos Físicos de España Asturias. | Gijón. | Asturias. |
103367 | Asociación Medicus Mundi Asturias. | Oviedo. | Asturias. |
129740 | Asociación de Padres de Niños Deficientes Portuenses APADENI. | El Puerto de Santa María. | Cádiz. |
158700 | Asociación Castellano Leonesa para la Defensa de la Infancia y la Juventud REA. | Valladolid. | Valladolid. |
161850 | Asociación para la Atención de Disminuidos Psíquicos Ligeros y Límites ADISLI. | Madrid. | Madrid. |
500341 | Asociación Centro Down. | Jerez de la Frontera. | Cádiz. |
508030 | Asociación Aragonesa de Padres y Amigos del Sordociego-APASCIDE Aragón. | Zaragoza. | Zaragoza. |
516748 | Asociación Parkinson Asturias. | Oviedo. | Asturias. |
545049 | Asociación Montetabor. | Gines. | Sevilla. |
562016 | Asociación Provida Alcalá de Henares. | Alcalá de Henares. | Madrid. |
570177 | Grup Muntanyès. | Barcelona. | Barcelona. |
Madrid, 12 de febrero de 2003.–P. D. (Orden INT/2992/2002, de 21 de noviembre, apartado cuarto, 1.16, «Boletín Oficial del Estado» número 285, del 28), la Subsecretaria, María Dolores de Cospedal García.
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