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Documento BOE-A-2003-8003

Resolución de 21 de marzo de 2003, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se anuncia convocatoria de concurso-oposición libre para acceder a una plaza de personal laboral (Titulado Superior Grupo I).

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2003, páginas 15144 a 15152 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-8003

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en

la Universidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el R.D.

223/1988, de 14 de marzo (Animales. Protección de los utilizados

para experimentación y otros fines científicos), este Rectorado,

en uso de las competencias conferidas por el artículo 35 de los

Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto

1287/1985 de 25 de junio (BOE de 31 de julio), y por el artículo

20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001,

de 21 de diciembre de Universidades,

Ha resuelto, de conformidad con lo dispuesto en el Capítulo VII

del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad

Nacional de Educación a Distancia, y una vez finalizados los

procedimientos de concurso de traslado y de promoción interna, ha

resuelto convocar pruebas selectivas de acceso libre, de acuerdo

con lo previsto en el artículo 20 del citado convenio, para cubrir

una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de acuerdo

con las siguientes:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas mediante el sistema de

concurso-oposición libre para la cobertura de una plaza de:

Titulado Superior G-I (Licenciado en Veterinaria, a tiempo

parcial) en la Facultad de Psicología.

1.2 La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido

en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de

julio, R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo

y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, y en el Convenio Colectivo del

Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

y demás normativa concordante.

1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará

de una fase de concurso y otra de oposición con las valoraciones,

pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4 Las pruebas de la fase de oposición comenzarán a partir

del mes de abril, determinándose en la Resolución que se indica

en la base Cuarta, el lugar de celebración y fecha de comienzo

de la mencionada prueba.

1.5 El seleccionado para cubrir la plaza vacante deberá dar

cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de

diciembre y en el Real Decreto 598/1985 de 30 de abril, en materia

de incompatibilidades.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Relativos a la nacionalidad. Podrán participar en las

pruebas:

a) Los españoles.

b) Los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea,

los nacionales del Reino de Noruega, y los nacionales de la

República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y

descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de

países miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia,

siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún

años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

c) Quienes no estando incluidos en los anteriores apartados

a) y b), se encuentren en España en situación de residencia

temporal, quienes se encuentren en situación de residencia

permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para

residir y trabajar, así como los refugiados.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años de edad.

2.1.3 No padecer enfermedad ni estar afectado por

limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el

desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.4 No haber sido separado del servicio de cualquiera de

las Administraciones Públicas mediante expediente o despido

disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de sus

funciones. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,

no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena

penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.1.5 Estar en posesión del título de Licenciado en

Veterinaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá

estarse en posesión de la documentación que acredite su

homologación.

2.2 Los requisitos enumerados deberán cumplirse el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse

hasta la firma del contrato.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que

figura como Anexo II.

El modelo de solicitud se facilitará en las Unidades de Atención

al Público de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,

sitas en la calle Bravo Murillo número 38, Pabellón de Gobierno

(Ciudad Universitaria s/n), y en la calle Senda del Rey s/n (Puente

de los Franceses). También será válida la solicitud realizada en

fotocopia del Anexo II que se publica con esta convocatoria.

3.2 Los aspirantes que posean nacionalidad española

acompañarán a su solicitud una fotocopia del carnet de identidad.

Los aspirantes incluidos en el apartado b) de la base 2.1.1

anterior que residan en España deberán presentar una fotocopia

compulsada del correspondiente documento de identidad o

pasaporte y de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de

residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal

de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo

en vigor. Los que no residan en España, bien por residir en el

extranjero o por encontrarse en España en régimen de estancia,

deberán presentar una fotocopia compulsada del documento de

identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar dos

fotocopias compulsadas del pasaporte, del visado y, en su caso, del

resguardo de haber solicitado la exención del visado y la

correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos

deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades

competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una

declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión

Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo,

de que no estar separado de derecho de su cónyuge y, en su

caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está

a su cargo.

Los aspirantes a los que se refiere el apartado c) de la base

2.1.1 deberán presentar una fotocopia compulsada del Pasaporte

en vigor, así como una fotocopia del correspondiente permiso de

residencia, o de trabajo y de residencia.

3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes

tendrán en cuenta lo siguiente:

a) Las solicitudes se dirigirán a la Excma. Sra. Rectora Mgfca.

de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo

de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la

publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de esta convocatoria.

b) La presentación de solicitudes podrá realizarse en el

Registro General de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4 Los derechos de examen serán de 24 euros y se ingresarán

en la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

número 0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander

Central Hispano, realizando el ingreso en concepto de abono de

derechos de examen de la convocatoria del concurso-oposición libre

para acceder a una plaza vacante de Titulado Superior G-I de

Licenciado en Veterinaria en la Facultad de Psicología. A la

solicitud de participación deberá adjuntarse el resguardo original de

transferencia o ingreso, o cuando se haya realizado el pago por

otro medio (banca electrónica, internet.) certificado de la entidad

bancaria que justifique la operación realizada.

En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud. La no acreditación del pago de los derechos de examen

determinará la exclusión del aspirante.

Ello no obstante, estarán exentas del pago de los derechos

de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33%,

adjuntando certificado correspondiente a la solicitud, así como

quienes figurasen como demandantes de empleo durante un mes,

como mínimo, antes de la fecha de esta convocatoria, siempre

y cuando carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,

al salario mínimo interprofesional y no hubieran rechazado oferta

de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, en

acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. La

certificación relativa a la condición de demandante de empleo,

con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará de la

correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la acreditación de las

rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita

del aspirante. Ambos documentos deberán acompañarse a la

instancia de participación.

A efectos de valoración de la fase de concurso, los aspirantes

deberán declarar en su solicitud los méritos a tener en cuenta

por el Tribunal calificador, según lo previsto en el baremo que

figura como Anexo I de la presente Resolución.

Los méritos declarados deberán acreditarse únicamente por

los aspirantes que superen la fase de oposición, mediante

certificado expedido por el Servicio de Personal correspondiente, en

el modelo que figura como Anexo V de esta convocatoria.

Dicha acreditación se realizará en la forma prevista en el

baremo, y en el plazo que determine el Tribunal.

3.5 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad

deberán indicarlo en el recuadro número 14 de la solicitud y podrán

solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios, en los casos en que dicha

adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro número

15 de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la Excma

y Magfca Sra. Rectora de la Universidad Nacional de Educación

a Distancia dictará Resolución en el plazo de un mes, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", en la que se declarará

aprobada la lista de admitidos, se publicará la de excluidos,

especificando la causa de exclusión y si ésta es o no subsanable, y

se expresará el lugar, la fecha y la hora de comienzo del ejercicio

de la fase de oposición.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de

la Resolución señalada en el punto anterior, para poder subsanar

el defecto que haya motivado la exclusión, caso de que aquél

sea subsanable.

5. Tribunal Calificador

5.1 El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figuran

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus

miembros, titulares o suplentes.

5.3 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas bases, así como lo que deba hacerse en los casos no

previstos.

5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas para garantizar

que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante él, sean

corregidos sin conocer la identidad de los aspirantes.

5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los

Tribunales tendrán su sede en la Universidad Nacional de

Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, 38, 5.a planta, tfno.:

91-398-75-44.

5.6 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas

tendrán la categoría primera, conforme a lo dispuesto en el artículo

30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X "de conformidad con

lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para

la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial

del Estado" del 14 de marzo) por la que se publica el resultado

del sorteo celebrado el día 10 de marzo.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por miembros del Tribunal con el fin de acreditar su

identidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.

6.4 Por Resolución del Rectorado que se publicará en el

"Boletín Oficial del Estado" se fijará la fecha, lugar y hora de

celebración del primer ejercicio.

6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo

ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya

celebrado el anterior, publicándose, asimismo, la relación de

aprobados en dicho ejercicio, así como en la sede de los Tribunales

señalada en la base 5.5 y por cualesquiera otros medios si se

juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con

veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la

iniciación del mismo.

6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee

la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria,

previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al

Rectorado de la Universidad, comunicándole, asimismo, las

inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la

solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

7. Relación de aprobados y presentación de documentos

7.1 Concluidas las pruebas, el Tribunal calificador hará

pública en los tablones de anuncios de la Universidad el nombre de

los aspirantes que han superado el concurso-oposición.

7.2 En caso de empate en la puntuación final obtenida por

los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la

conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate,

se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado

1.1 de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en

cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate

en favor del primero, a partir de la letra X.

7.3 Con carácter previo a la formalización del contrato deberá

el aspirante, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a la publicación del nombre del aspirante aprobado

señalada en la base 7.1, justificar adecuadamente los requisitos

o condiciones exigidos en la base segunda de esta convocatoria,

presentando la siguiente documentación acreditativa:

a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de

las funciones públicas, mediante sentencia firme.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán

presentar, además de la declaración relativa al Estado español,

declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción

disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso

a la función pública, según el modelo que figura como Anexo VI

de esta convocatoria.

b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni

limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño

de sus funciones, expedido por el facultativo de medicina general

de la Seguridad Social que corresponda al interesado. En caso

de que éste esté acogido a cualquier régimen de la Seguridad

Social se expedirá en los Servicios Provinciales del Ministerio de

Sanidad y Consumo o en los organismos correspondientes de las

Comunidades Autónomas.

c) Fotocopia compulsada del título de Licenciado en

Veterinaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero

documentación que acredite su homologación.

d) Dos fotocopias del documento nacional de identidad

o, en su caso, la documentación correspondiente, referida en la

base 3.2.

Los aspirantes incluidos en el apartado b), de la base 2.1.1

de la convocatoria que no residan en España deberán presentar

fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta

de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiesen tenido

que aportar en el momento de presentar la solicitud de

participación.

Si dentro del plazo indicado y, salvo los casos de fuerza mayor,

no presentasen la documentación acreditativa a que se refieren

los párrafos anteriores o de la misma se desprenda que no se

reúnen los requisitos exigidos, o en el supuesto de que la

Administración en cualquier momento del proceso compruebe que el

interesado no reúne todas las condiciones exigidas en la

convocatoria no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus

actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera

podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

8. Formalización de contratos e incorporación

8.1 El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente

a la formalización del contrato del aspirante que hubiera superado

el concurso-oposición objeto de la convocatoria.

Dicho trámite se verificará en el plazo máximo de quince días

hábiles, desde que finalice el plazo señalado para presentar

documentación (base 7.3). La formalización del contrato supondrá la

toma de posesión de su puesto por el trabajador.

Hasta tanto se formalice el contrato, el aspirante no tendrá

derecho a percepción económica alguna.

8.2 En el momento de la formalización del contrato, el

trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984,

de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de

abril, en materia de incompatibilidades.

9. Norma final

9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes

pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria

y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin

perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla

facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto

en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios

para el buen orden de las pruebas selectivas.

9.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía

administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición

ante la Excelentísima y Magnífica Señora Rectora de esta

Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante los

Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 21 de marzo de 2003.-La Rectora, María Araceli Maciá

Antón.

ANEXO I

Valoración de méritos y ejercicios

1. Fase de concurso

Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización

del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

1.1 Trabajo realizado.

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en

el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor

similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a

desarrollar en las plazas convocadas. La puntuación máxima por este

concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones

realizadas en la misma área de actividad, como a funciones

realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras

Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la

siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área.

0,04 puntos por cada mes en distinta área.

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo VII de la presente

convocatoria.

1.2 Antigüedad.

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima

por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la

antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados a la UNED

o a otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente

puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

1.3 Formación.

Se valorarán los Cursos de formación y perfeccionamiento

relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca,

impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes

de las Administraciones públicas. Los referidos cursos, que podrán

ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del

siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4

puntos.

De 151 a 300 horas de duración o más de seis meses: 4,2

puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos:

6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán

mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la

certificación, título o diploma correspondiente.

2. Fase de oposición

Consistirá en tres ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio: Tendrá dos partes consecutivas. La primera

parte del ejercicio consistirá en la resolución por escrito, en un

tiempo máximo de una hora, de un cuestionario tipo test de 30

preguntas, con cuatro alternativas de respuesta, de las cuales sólo

una será la correcta, sobre los temas que figuran en el Anexo III

de la Convocatoria. La segunda parte del ejercicio consistirá en

la exposición escrita, en un tiempo máximo de una hora, de un

tema del Programa Específico que figura en el Anexo III, de entre

dos que resulten de un sorteo que realice el Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver dos supuestos

prácticos referidos al Programa Específico que figura en el Anexo III

de entre cuatro propuestos por el Tribunal.

Los aspirantes dispondrán de una hora para desarrollar por

escrito este ejercicio.

Tercer ejercicio: Consistirá en la elaboración y defensa de un

proyecto de actuación, propuesto por el Tribunal, relativo a alguna

de las tareas derivadas de las funciones que se detallan en el

Perfil de la Convocatoria. La duración, tanto de la elaboración

como de la defensa del proyecto, será fijada por el Tribunal en

el momento de la publicación de los resultados del segundo

ejercicio. El Tribunal facilitará los recursos básicos para realizar el

ejercicio, sin perjuicio de que los aspirantes puedan llevar consigo

los recursos que estimen oportunos, cuyo uso deberá ser

autorizado por el Tribunal.

Calificación de los ejercicios: La calificación máxima a obtener

será de 70 puntos, que se distribuirán del siguiente modo:

Primer ejercicio: La primera parte tendrá una puntuación

máxima de 20 puntos. Las respuestas erróneas tendrán una

penalización equivalente a un tercio de cada contestación correcta. Las

respuestas en blanco no penalizarán. La segunda parte se calificará

con un máximo de 10 puntos.

Segundo ejercicio: El Tribunal puntuará de 0 a 15 puntos cada

uno de los supuestos prácticos y la calificación del ejercicio será

la media de las puntuaciones obtenidas en los mismos. Una

calificación de 0 puntos en uno de los supuestos conllevaría la misma

calificación en el ejercicio.

Tercer ejercicio: Se calificará con un máximo de 10 puntos.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma de las calificaciones obtenidas en los tres ejercicios.

Calificación de los ejercicios: el Tribunal fijará la puntuación

mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

ANEXO II (Ver imagen página 15148)

ANEXO III

Tribunal

Titulares:

Presidente: Dña. M.a Teresa Mendiguchía, Vicegerenta de

Coordinación Administrativa de la Uned.

Vocales: Por la Gerencia:

Dña. M.a del Carmen Fernández Criado, Directora del Gabinete

Veterinario de la Universidad Autónoma de Madrid.

Dña. Agueda del Abril Alonso, Directora del Departamento de

Psicobiología de la Uned.

Por el Comité de Empresa:

D. Jesús M.a Bocho Gascón, Analista de Sistemas de la Uned.

D. José Luis de la Calle Muñoz, Realizador de la Uned.

Secretario: Dña. M.a. Antonia González Díez, Jefa del Servicio

de Presupuestos y Sistemas de Uned.

Suplentes:

Presidente: D. Felipe Martínez González, Jefe del Departamento

de Recursos Humanos de la Uned.

Vocales: Por la Gerencia:

D. José Orellana Muriana, Director Veterinario del Centro de

Experimentación Animal de la Universidad de Alcalá de Henares.

D. Emilio Ambrosio Flores, Catedrático del Departamento de

Psicobiología de la UNED.

Por el Comité de Empresa:

D.a Pilar Izquierdo Jiménez, Ordenanza de la Uned.

D. Juan Francisco Chamorro Pérez, Ordenanza de la Uned.

Secretaria: Dña. Paloma Isla Álvarez de Tejera, Jefe del Servicio

de Infraestructura de la Uned.

ANEXO IV

Temario Plaza Titulado Superior Grupo-I (Licenciado

en Veterinaria a tiempo parcial)

Parte general:

1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía

y suspensión de los derechos y libertades.

2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al

Título X: Personal de Administración y Servicios.

3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los

Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de

Administración y Servicios.

4. El Procedimiento Administrativo Común. Clases de

interesados en el procedimiento. Iniciación, Ordenación e Instrucción.

Formas de finalización del procedimiento administrativo. Especial

referencia al silencio administrativo. La revisión de oficio de los

actos de la administración. Los recursos administrativos. El recurso

contencioso-administrativo.

5. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes

laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de

los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El

derecho de reunión. La libertad sindical.

6. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.

7. Incompatibilidades del Personal al servicio de las

Administraciones Públicas: La Ley 53/1984, de 26 de noviembre.

Parte específica:

1. Instalaciones para animales de laboratorio I. Aspectos

generales. Distribución por áreas. Tipos de establecimientos.

2. Instalaciones para animales de laboratorio II. Tipos de

áreas y locales de servicio. Salas para animales de experimentación

de pequeño tamaño. Condiciones ambientales.

3. Instalaciones para animales de laboratorio III. Barreras y

zonas protegidas.

4. Instalaciones para animales de laboratorio IV. Condiciones

de asepsia del Animalario. Desinfección y desinsectación.

Residuos.

5. Nutrición y alimentación del animal de laboratorio.

Tratamientos del alimento. Piensos para animales de laboratorio.

Dietas especiales y experimentales. Agua.

6. Estudios de nutrición. Métodos de alimentación. Control

sanitario de la alimentación: normativa vigente. Conservación y

control de calidad de las dietas.

7. El animal de laboratorio y la experimentación animal.

Definición. Significación. Clasificación según su categoría sanitaria

y genética.

8. Modelos experimentales I. Roedores: rata, ratón.:

Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de las principales

especies. Reglas de nomenclatura internacional.

9. Modelos experimentales II (Lagomorfos): cobayo, conejo:

Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de las

principales especies.

10. Modelos experimentales III. Aves. Palomas, codornices,

gallinas: Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de

las principales especies.

11. Modelos experimentales IV. Anfibios y peces:

Características anatómicas y fisiológicas. Descripción de las principales

especies.

12. Modelos experimentales IV. Primates no humanos.

Descripción de las principales especies, estabulación, alimentación.

13. Calidad del animal de laboratorio. Procedencia.

Identificación y registro. Certificados sanitarios exigidos en la normativa

vigente para la recepción de animales experimentales. Informes

sanitarios requeridos para intercambiar animales o muestras de

los mismos con otros estabularios o laboratorios dentro y fuera

del territorio nacional. Aclimatación y Cuarentena.

14. Control sanitario de los animales de experimentación:

Monitorización sanitaria según las recomendaciones de FELASA

para bacteriología, virología parasitología y micosis.

15. Estandarización genética de los animales de laboratorio.

Reproducción y cría. Apareamiento natural, reproducción in vitro,

inseminación artificial. Vigilancia de la gestación. Técnicas de

conservación de gametos y embriones.

16. Selección animal. Caracterización de la población y

factores que la condicionan. Selección natural. Selección artificial.

17. Legislación nacional vigente sobre mantenimiento,

manipulación y experimentación con animales de laboratorio.

Legislación europea sobre mantenimiento, manipulación y

experimentación con animales de laboratorio.

18. Ética en la experimentación animal. Normativa sobre

Comités Éticos de Experimentación Animal.

19. Estrés y Bienestar animal. Reconocimiento del dolor en

los principales animales de experimentación.

20. Comportamiento animal.

21. Patología de los animales de laboratorio (I). Tipos

esenciales de enfermedades infecciosas. Manifestaciones clínicas,

signos y síntomas.

22. Enfermedades bacterianas y víricas que afectan al aparato

respiratorio.

23. Enfermedades bacteriana víricas y parasitarias que

afectan al aparato digestivo.

24. Enfermedades bacterianas víricas y parasitarias que

afectan a los tegumentos externos.

25. Enfermedades bacterianas víricas y parasitarias que

afectan al sistema nervioso central.

26. Enfermedades de etiología no infecciosa. Congénitas,

inmunológicas, nutricionales, otras.

27. Patologías dominantes y emergentes en los animales de

experimentación. Enfermedades de los animales de investigación

de declaración obligatoria.

28. Animales de laboratorio y salud pública I: zoonosis y

alergias.

29. Animales de laboratorio y salud pública II: riesgos en

el trabajo con animales de laboratorio. Bioseguridad, concepto,

niveles: Legislación española.

30. Tecnología experimental I. Técnicas de necropsia. Toma

de muestras para estudios bacteriológicos, virológicos,

parasitarios y anatomo-patológicos. Vías de inoculación y administración.

31. Tecnología experimental II. Sedación, Analgesia y

Anestesia. Tipos de sedantes y anestésicos aplicados según el modelo

experimental. Vías de administración de anestésicos y fármacos.

32. Tecnología experimental III. Procesos quirúrgicos

menores, preparación prequirúrgica. Eutanasia.

33. Métodos alternativos. Características y aplicación. Regla

de las 3R's.

34. Calidad en instalaciones de experimentación animal.

35. Gestión de recursos humanos en experimentación.

ANEXO V (Ver imagen página 15150)

ANEXO VI

Don/Doña ........................................................................................................................,

con domicilio en ......................................................................................................................,

y documento de identidad / pasaporte / visado / permiso de residencia número ....................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas españolas, que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas en España y que no se halla sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.

En ........................ a ...... de ........................ de 2003

ANEXO VII (Ver imagen página 15152)

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