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Documento BOE-A-2009-14211

Orden EDU/2352/2009, de 30 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Imaginario Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 213, de 3 de septiembre de 2009, páginas 75465 a 75466 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-14211

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado por Doña Carmen Sánchez Cunqueiro, solicitando la inscripción de la Fundación Imaginario Social, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por Doña María del Carmen Sánchez Cunqueiro; Don Mariano Baratech Ramirez; Doña María José Montané Merinero; Doña María Gironza Calvo-Sotelo, en Madrid, el 13 de mayo de 2009, según consta en la escritura pública número 1.266, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Ramón Corral Beneyto, que fue subsanada por la escritura pública número dos mil diecisiete, autorizada el 13 de julio de 2009, ante el mismo notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle de la Palma, número 64 – piso 2.º – letra B y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 50 por 100, mediante la aportación de la cantidad de quince mil euros (15.000 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Contribuir a la lucha contra la pobreza y favorecer la reducción de las desigualdades existentes entre los países del Sur y los del Norte, intentando mejorar las condiciones de vida de los habitantes de los primeros e impulsando el cambio social y actitudes más solidarias entre los segundos.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidenta: Doña María del Carmen Sánchez Cunqueiro; Vicepresidente: Don Mariano Baratech Ramírez; Secretaria: Doña María José Montané Merinero y Vocal: Doña María Gironza Calvo-Sotelo.

En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden EDU/1262/2009, de 14 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Imaginario Social en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación.

Por todo lo cual, resuelvo inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Imaginario Social, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Madrid, calle de la Palma, número 64, piso segundo – letra B, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 30 de julio de 2009.–El Ministro de Educación, P. D. (Orden EDU/1262/2009, de 14 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, José Canal Muñoz.

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