El Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español, establece en su artículo 49 apartado 1, párrafo primero, que las cantidades de vino a entregar a destilación de alcohol para uso de boca por los productores, como requisito para el cobro de la ayuda por hectárea por los viticultores, será el 90 por cien del volumen medio de vino de mesa autorizado para la destilación de uso de boca en las campañas vitícolas 2005/2006 y 2006/2007.
El mismo artículo 49, apartado 1, en su párrafo tercero, establece que el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino podrá adaptar la cantidad anterior previo informe del Comité de Seguimiento del Mercado del Alcohol para Uso de Boca, regulado en el artículo 51 del citado Real Decreto.
El Comité de Seguimiento del Mercado del Alcohol para Uso de Boca ha analizado las solicitudes presentadas y su justificación en las reuniones celebradas los días 17 y 23 de marzo de 2009, habiendo emitido un informe favorable por unanimidad sobre las que considera justificadas y acordado elevarlas al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino a los efectos oportunos.
En su virtud, resuelvo:
Primero. Cantidad a entregar por los productores que se citan en el anexo.–Con carácter excepcional, para la campaña vitícola 2008/2009, las cantidades de vino a entregar a que se refiere el artículo 49, apartado 1, del Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo al sector vitivinícola español, por los productores que se citan en el anexo, se obtendrán aplicando el porcentaje que se señala para cada uno de dichos productores, al volumen medio de vino de mesa autorizado a los mismos para la destilación de alcohol para uso de boca en las campañas vitícolas 2005/2006 y 2006/2007.
Segundo. Pago al viticultor.–El porcentaje de entrega establecido en el anexo es el que se debe tener en cuenta a efectos del pago al viticultor de la ayuda por hectárea indicada en el apartado A del anexo XIII del Real Decreto 244/2009, de 27 de febrero.
Tercero. Fecha de efectos.–La presente orden surtirá efectos a partir del 23 de marzo de 2009. La presente orden agota la vía administrativa de conformidad con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, en relación con la disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Contra ella podrá recurrirse, potestativamente, en reposición, ante la Sra. Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en tenga lugar su publicación o ser impugnada, directamente ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, también contado desde el día siguiente al de su publicación.
Debe advertirse que no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, si éste se hubiera interpuesto. Asimismo, se advierte que el plazo para la interposición del recurso jurisdiccional, en caso desestimación presunta del recurso de reposición, es de seis meses a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativo.
Madrid, 23 de marzo de 2009.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.
CIF |
Denominación del productor |
Comunidad Autónoma de ubicación |
Porcentaje a aplicar |
---|---|---|---|
B02299592 |
Isaías Fuentes García, S.L. |
Castilla-La Mancha. |
65,24 |
F02003275 |
Bodegas San Gregorio Magno Sociedad Cooperativa |
Castilla-La Mancha. |
69,44 |
F13002498 |
Sociedad Cooperati va San Lorenzo |
Castilla-La Mancha. |
80,78 |
F16002545 |
Dulce Nombre de Jesús Sociedad Cooperativa |
Castilla-La Mancha. |
79,92 |
F16002602 |
Sociedad Cooperativa Agraria La Aliaguillera |
Castilla-La Mancha. |
72,63 |
F16002834 |
Sociedad Cooperativa Agraria Fuen María |
Castilla-La Mancha. |
70,92 |
F16002917 |
Nuestro Padre Jesús Nazareno Sociedad Cooperativa |
Castilla-La Mancha. |
74,70 |
F16003071 |
Cooperativa Agraria Inmaculada Concepción |
Castilla-La Mancha. |
73,43 |
F16003147 |
Unión Campesina Iniestense |
Castilla -La Mancha. |
75,20 |
F16003253 |
Cooperativa Agraria San Isidro |
Castilla-La Mancha. |
68,62 |
F16003444 |
San Ginés Sociedad Cooperativa |
Castilla-La Mancha. |
59,51 |
F16005738 |
Santa María Magdalena Sociedad Cooperativa |
Castilla -La Mancha. |
84,69 |
F16003345 |
Sociedad Cooperativa Agraria Nuestra Señora del Espino |
Castilla-La Mancha. |
68,35 |
F16002750 |
Cooperativa Agraria San Antonio de Padua |
Castilla-La Mancha. |
70,09 |
F16002990 |
Sociedad Cooperativa Agraria Imperio |
Castilla-La Mancha. |
69,45 |
F16002628 |
Sociedad Cooperativa Campo San Andrés Apóst ol |
Castilla-La Mancha. |
71,10 |
A83652040 |
Grupo de Bodegas Vinartis, S.A. |
Castilla-La Mancha. |
86,00 |
F31021843 |
Bodega Cooperativa Santo Cristo del Amparo de Aibar |
Navarra. |
45,67 |
F31022171 |
Bodega Cooperativa San Francisco Javier de Liedena |
Navarra. |
69,99 |
F31022338 |
Bodega Cosecheros Reunidos Sociedad Cooperativa Limitada |
Navarra. |
76,08 |
F31022403 |
Bodega Cooperativa San Francisco Javier de Sada |
Navarra. |
48,88 |
F31018641 |
Bodega Cooperativa Vinícola de Tafalla |
Navarra. |
60,31 |
F31021835 |
Bodega Cooperativa Nuestra Señora del Rosario de Ablitas |
Navarra. |
68,39 |
F21003587 |
Vinícola del Condado Sociedad Cooperativa |
Andalucía. |
68,80 |
F21003611 |
Santa María Salomé |
Andalucía. |
56,84 |
F44003069 |
Cooperativa del Campo San Pedro-Cretas |
Aragón. |
80,15 |
F44002681 |
Cooperativa San Isidro |
Aragón. |
49,41 |
F50019397 |
Crianzas y Viñedos Santo Cristo Sociedad Cooperativa |
Aragón. |
60,17 |
F50011089 |
Bodega San Bernabé Sociedad Cooperativa Limitada |
Aragón. |
75,88 |
F50019520 |
Cooperativa Santo Tomás de Aquino |
Aragón. |
38,82 |
F50011139 |
Cooperativa San Juan Bautista |
Aragón. |
79,07 |
F28254555 |
Cooperativa del Campo San Isidro |
Madrid. |
75,76 |
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