Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-7250

Resolución de 3 de mayo de 2012, de la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo, por la que se concede la aprobación CE de modelo n.º E-12.02.02 al instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo AS, a favor de Ascell Sensor, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 2012, páginas 39361 a 39362 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2012-7250

TEXTO ORIGINAL

Vista la petición interesada por la Entidad Ascell Sensor, S.L. (avenida Congost, n.º 56, nave 3, Polígono Industrial Congost, E-08760 Martorell – España), en solicitud de aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo AS.

De acuerdo con el informe favorable emitido por el LGAI Technological Center, S.A., con referencia 12/34504013-V-M1, de 24 de abril de 2012.

Esta Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE de 22 de julio de 1993, ha resuelto:

Primero.

Autorizar a favor de la Entidad Ascell Sensor, S.L., la aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo AS.

Segundo.

Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, monorrango o multirrango, monoescalón o multiescalón, con indicación digital de peso. Las características metrológicas son:

Clase de precisión media

(III) y (IIII)

n ≤ nmax

≤ 10000

Max

≤ 10.000·e

kg

Min

≥ 20·e

kg

e

Max / n

kg

Tmax

≤ +40

ºC

Tmin

≥ -10

ºC

Tercero.

Esta aprobación CE de modelo tiene validez hasta el 3 de mayo de 2022.

Cuarto.

Próximo a finalizar el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará a la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Empresa y Empleo de la Generalidad, la oportuna prórroga de la presente aprobación CE de modelo.

Quinto.

Las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales figuran en el certificado de aprobación CE de modelo número E-12.02.02 y en su anexo. El modelo queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en nuestra Secretaría de Industria con el número de referencia 10/12.

Sexto.

Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación vigente.

Contra la presente resolución, que no finaliza la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Empresa y Empleo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, según lo que establece el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Barcelona, 3 de mayo de 2012.–El Director General de Energía, Minas y Seguridad Industrial, P.D. (Resolución EMO/991/2011, de 12 de abril), el Subdirector General de Seguridad Industrial, Isidre Masalles Roman.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid