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Documento BOE-B-2001-105024

Resolución del Director general de Regulación del Banco de España, de 16 de enero de 2001, de denegación de autorización para compra de billetes extranjeros o cheques de viajero, con pago en pesetas, a "Cambisol 2005, Sociedad Limitada".

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 2 de mayo de 2001, páginas 5095 a 5095 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-B-2001-105024

TEXTO

Adoptado con fecha 16 de enero de 2001 acuerdo

de denegación de autorización para compra de

billetes extranjeros o cheques de viajero, con pago en

pesetas, a la sociedad "Cambisol 2005, Sociedad

Limitada", y estando acreditado en el expediente

el intento de notificación personal a don César

Cerezo Gallardo, Administrador único de la misma, sin

resultado práctico, de conformidad con lo previsto

en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se procede a dar publicación en

el "Boletín Oficial del Estado" del contenido de

la resolución citada:

"Con fecha 12 de septiembre de 2000, esa

sociedad solicitó autorización en la sucursal del Banco

de España en Málaga para llevar a cabo, con carácter

principal, la actividad de compra de billetes

extranjeros o cheques de viajeros, con pago en pesetas,

en cumplimiento de lo establecido en el Real

Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio

de moneda extranjera en establecimientos abiertos

al público distintos de las entidades de crédito

("Boletín Oficial del Estado" del 15).

De conformidad con lo previsto en el artículo

4.1 del mencionado Real Decreto, y dado que la

actividad a desarrollar no sería complementaria de

otra desarrollada por esa sociedad, será requisito

para obtener la autorización solicitada el que los

Administradores del establecimiento tengan

reconocida honorabilidad comercial y profesional, en

los términos previstos en el apartado 3 del mismo

artículo.

Con fecha 19 de septiembre de 2000, la Oficina

de Instituciones Financieras del Banco de España,

al amparo de lo establecido en el artículo 5.4 del

Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, se

dirigió a usted, como Administrador único de

"Cambisol 2005, Sociedad Limitada", con el fin de

obtener su autorización para consultar los datos que

a su nombre pudieran figurar en la Central de

Información de Riesgos del propio Banco de España,

sin obtener respuesta alguna por su parte. Dicha

solicitud le fue reiterada en escrito de 3 de

noviembre, que fue devuelto por el Servicio de Correos

con fecha 30 de diciembre, una vez transcurrido

el plazo sin haber procedido a su retirada.

La consulta de datos a la Central citada es

necesaria para acreditar el cumplimiento del requisito

de que los Administradores de los establecimientos

de cambio de moneda extranjera tengan reconocida

honorabilidad comercial y profesional, por cuanto

la información contenida en la misma, en tanto

recoge el posible incumplimiento de obligaciones

dinerarias con entidades de crédito, permite obtener

datos relevantes respecto a si las personas que deben

reunir tal requisito han seguido o no una adecuada

trayectoria personal de respeto a las Leyes

mercantiles y otras que regulan la actividad económica

y la vida de los negocios, así como de las buenas

prácticas comerciales y financieras.

Por lo tanto, dado que no ha sido atendido el

requerimiento del Banco de España, ni se ha

cuestionado la necesidad de la citada información a los

fines señalados, no puede considerarse que concurre

el requisito establecido en el ya citado artículo 4.1

del Real Decreto 2660/1998, ni aportada la

documentación necesaria para resolver sobre la solicitud

presentada, por lo que el Banco de España ha

decidido denegar la autorización solicitada.

Contra la presente resolución podrá esa sociedad

interponer recurso de alzada ante el Ministerio de

Economía en el plazo de un mes, de conformidad

con lo previsto en los artículos 114 y siguientes

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, según

modificación establecida en la Ley 4/1999, de 13 de

enero."

Madrid, 5 de abril de 2001.-El Director general,

José María Roldán Alegre.-18.477.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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