Por Resolución de fecha 30 de enero de 2003,
se aprueba el Proyecto de construcción arriba
indicado.
Es de aplicación el apartado 1 del artículo 8 de
la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, a
cuyo tenor se declara de urgencia la ocupación de
los bienes por la expropiación forzosa a que dé
lugar la construcción de la mencionada obra. La
tramitación del correspondiente expediente
expropiatorio se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento
de urgencia previsto en el artículo 52 de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26
de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98 de
la Ley de Expropiación Forzosa y atendiendo a
lo señalado en las reglas 2.a y 3.a de su
artículo 52, ha resuelto convocar a los propietarios que
figuran en la relación que se hará pública en el
Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona, y que
se encuentra expuesta en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Tarragona, así como en el de esta
Demarcación de Carreteras y en la Unidad de
Carreteras de Tarragona para que asistan al levantamiento
de las Actas Previas a la Ocupación en el lugar,
día y hora que a continuación se indica:
Término Municipal: Reus.
Lugar: Ayuntamiento de Reus.
Día: Diecisiete de julio de 2003, a partir de las
diez horas.
Término Municipal: Riudoms.
Lugar: Ayuntamiento de Riudoms.
Día: Diecisiete de julio de 2003, a partir de las
diecisiete horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios "El Periódico de
Cataluña" y "Diari de Tarragona" y en el "Boletín
Oficial del Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, servirá como notificación a los
posibles interesados no identificados, a los titulares de
bienes y derechos afectados que sean desconocidos
y a aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian,
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse
acompañar, a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras, Calle de la Marquesa 12, o en la Unidad
de Carreteras de Tarragona, Plaza de los Carros 2,
43071 Tarragona, alegaciones a los sólos efectos
de subsanar posibles errores que se hayan producido
al relacionar los bienes afectados por la urgente
ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Barcelona, 20 de mayo de 2003.-El Jefe de la
Demarcación, Vicente Vilanova
Martínez-Falero.-27.605.
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