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Documento BOE-B-2003-140106

Anuncio de la Demarcación de Costas en Galicia aprobando por Orden de 13 de marzo de 2002 el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos seiscientos diecisiete (617) metros de longitud, comprendido entre el límite con el término municipal de Bergondo y el río Mayor, en el término municipal de Sada (A Coruña).

Publicado en:
«BOE» núm. 140, de 12 de junio de 2003, páginas 4738 a 4739 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2003-140106

TEXTO

La Demarcación de Costas en Galicia, en

cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en su redacción

dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, practica

las siguientes notificaciones, para conocimiento y

demás efectos, a aquellos titulares de fincas

colindantes con el dominio público marítimo-terrestre

a los que, intentada la notificación, no se ha podido

practicar:

Fernández González, T. Valentín (Sada).

Solís Suárez, Víctor (Sada).

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real

Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que

se aprueba el Reglamento General para desarrollo

y ejecución de la Ley de Costas, modificado

parcialmente por el Real Decreto 1112/1992, de 18

de septiembre, se les notifica la Orden de aprobación

del deslinde, Orden de 13 de marzo de 2002.

Esta Dirección General, por delegación de la

Excma. Sra. Ministra, y de conformidad con el

Servicio Jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo-terrestre del tramo de costa de

unos seiscientos diecisiete (617) metros de longitud,

comprendido entre el límite con el término

municipal de Bergondo y el río Mayor, en el término

municipal de Sada (A Coruña), según se define en

los planos a escala 1:1.000 que se integran en el

proyecto y que están fechados en marzo de 1995

y firmados por el Jefe de la Demarcación de Costas

de Galicia.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Galicia que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

Contra la presente resolución, que pone fin a la

vía administrativa, los interesados en el expediente

que no sean Administraciones Públicas podrán

interponer con carácter potestativo recurso de reposición

en el plazo de un (1) mes ante el Excmo. Sr. Ministro

de Medio Ambiente o, directamente, recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2)

meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos (2) meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio

de poder efectuar el requerimiento previo en la

forma y plazo determinados en el artículo 44 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

resolución.

A Coruña, 13 de mayo de 2003.-Ricardo Babío

Arcay, Jefe de la Demarcación de Costas en

Galicia.-27.696.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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