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Documento BOE-B-2003-190086

Resolución de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Málaga por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa y declaración en concreto de utilidad pública para la construcción de una planta de generación de energía eléctrica de ciclo combinado a gas natural de 400 MW, localizada al norte del Parque Tecnológico de Andalucía en el paraje conocido por "Los Pilones", lindando con el arroyo Pilones, y situada en el noroeste del término municipal de Málaga.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2003, páginas 6740 a 6744 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2003-190086

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el R.D.

1955/2000, de 1 de diciembre, que regula los

procedimientos de autorización administrativa de

ins

talaciones de energía eléctrica, y en la Ley 54/1997,

de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico; Real

Decreto 1131/1998, de 30 de septiembre, por el

que se aprueba el Reglamento para la ejecución

del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de

junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, a los

efectos previstos por la Ley 16/2002, de 1 de julio

de 2002, de Prevención y Control Integrados de

la Contaminación, y el artículo 86 de la Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, se

somete a información pública la solicitud de

autorización administrativa, autorización ambiental

integrada y declaración en concreto de utilidad pública

del proyecto para la construcción de una central

de generación de energía eléctrica de 400 MW, con

tecnología de ciclo combinado, utilizando gas

natural, en el término municipal de Málaga, así como

su correspondiente estudio de impacto ambiental

y documentación para la solicitud de autorización

ambiental integrada.

Expediente número 79/2003, de la Dependencia

del Área de Industria y Energía en Málaga.

Peticionario: Gas Natural SDG, S. A., con

domicilio social en Barcelona, avenida de Puerta del

Ángel, 22, 08002 Barcelona.

Municipio: Málaga.

Presupuesto: 190.000.000 de euros.

Estudio de impacto ambiental: Que comprende

análisis del medio receptor e impactos derivados

de la central y sus infraestructuras asociadas (toma

y vertido, línea eléctrica y gasoducto), medidas

correctoras y programa de vigilancia ambiental.

Documentación requerida (informe técnico para

la solicitud de autorización ambiental integrada) a

los efectos previstos por la Ley 16/2002, de 1 de

julio de 2002, de Prevención y Control Integrados

de la Contaminación.

Descripción de las instalaciones: La central será

de tecnología de ciclo combinado y utilizará gas

natural como combustible principal y gasoil como

combustible de emergencia.

La refrigeración de la central se efectuará a través

de un circuito cerrado de torres de refrigeración

que se abastecerá del agua tratada procedente de

la EDAR (Estación Depuradora de Aguas

Residuales) de Guadalhorce. El suministro y retorno de

dicha se efectuará a través de las conducciones

enterradas que se construirán como parte de este

proyecto. El retorno de agua se realizará a la propia

EDAR.

La central tendrá instalados los siguientes sistemas

y equipos:

Grupo generador con turbina de gas, turbina de

vapor, alternador, caldera de recuperación de calor

sin postcombustión y chimenea de evacuación.

Estación de regulación y medida de gas.

Sistema de alimentación de gas natural.

Sistema de producción y almacenamiento de agua

desmineralizada.

Sistema de agua de refrigeración por torres con

ventilación asistida.

Sistema de recogida y tratamiento de efluentes,

aguas residuales, pluviales.

Sistemas de purificación de aceite de turbina.

Sistema de dosificación química.

Sistema de protección contraincendios.

Sistema de aire comprimido para proceso e

instrumentación.

Sistema de aire acondicionado, calefacción y

ventilación.

Sistema de control de emisiones.

Tanques de almacenamiento de agua potable,

bruta y desmineralizada.

Conducciones para el suministro y retorno de agua

desde la EDAR Guadalhorce hasta la central,

incluyendo los correspondientes cables de potencia y

control para el grupo de bombeo situado en la

EDAR.

Tanques de almacenamiento de combustible de

emergencia, gasoil.

Sistema eléctrico.

Transformador principal y auxiliar.

Subestación: La evacuación de energía se hará

desde la subestación de la propia central a la

subestación de los Ramos por línea 220 kV de nueva

construcción.

Grupo diésel de emergencia.

Edificio eléctrico y de control.

Edificio de administración y oficinas.

Almacenes y talleres.

Viales y accesos necesarios a la central.

Afecciones: La afección a fincas de propiedad

privada deriva de la construcción de la propia central

y conducciones para la toma y retorno de agua.

Dichas afecciones figuran indicadas en los planos

parcelarios incluidos en el anteproyecto y en la

relación de bienes y derechos incluida a continuación.

Las afecciones se concretan en la siguiente forma:

Uno. Expropiación forzosa de los terrenos en

los que se va a construir la central.

Dos. Para las conducciones:

a) Imposición de servidumbre permanente de

paso a lo largo del trazado de la conducción, con

una anchura de siete metros y veinte centímetros

-tres metros y sesenta centímetros a cada lado del

eje- por donde discurrirán enterradas las tuberías

que se requieren para la conducción del agua, lo

que supone libre acceso del personal y equipos

necesarios para atender la vigilancia, conservación y

reparación de las instalaciones con pago, en su caso,

de los daños que se ocasionen. Esta servidumbre

estará sujeta además a las siguientes limitaciones:

1. Prohibición de efectuar trabajos de arada,

cava u otros a una profundidad superior a cincuenta

centímetros, así como de plantar árboles o arbustos

en la misma franja anterior.

2. Prohibición de realizar cualquier tipo de

obras, construcción o edificación aunque tengan

carácter provisional o temporal a una distancia

inferior a diez metros y sesenta centímetros del eje

del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta

distancia podrá reducirse siempre que se solicite

expresamente y se cumplan las condiciones que,

en cada caso, fije el órgano competente de la

Administración y el Promotor.

3. Posibilidad de instalar los hitos de

señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así

como de realizar las obras superficiales o

subterráneas que sean necesarias para el funcionamiento

de las instalaciones.

B) Ocupación temporal de los terrenos

necesarios para la ejecución de las obras, de la franja

que se reflejará para cada finca en los planos

parcelarios de expropiación. En esta zona se hará

desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se

realizarán las obras necesarias para el tendido e

instalación de las conducciones y elementos anexos,

ejecutando los trabajos u operaciones precisas a

dichos fines.

Lo que se hace público para conocimiento general

y especialmente de los interesados en el proyecto,

indicándose que el mismo junto con su

correspondiente estudio de impacto ambiental y

documentación para la solicitud de autorización ambiental

integrada, podrán ser examinados en la

Subdelegación del Gobierno en Málaga, Área de Industria

y Energía, sita en la plaza de la Aduana, Málaga,

y en su caso presentarse por triplicado en dicho

centro las alegaciones que estimen oportunas en

el plazo de treinta días a partir del siguiente a la

inserción del presente anuncio.

Málaga, 31 de julio de 2003.-El Jefe de la

Dependencia del Área de Industria y Energía en funciones,

Andrés Herranz Soler.-39.101.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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