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Documento BOE-B-2003-67046

Edicto de la Diputación Foral de Bizkaia anunciando la subasta pública de los bienes inmuebles embargados a la deudora Mecánica de la Peña Equipos, Sociedad Limitada.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2003, páginas 2175 a 2176 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - A. Subastas y concursos de obras y servicios
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2003-67046

TEXTO

EDICTO

El Jefe del Servicio de Recaudacion del

Departamento de Hacienda y Finanzas de la Diputación

Foral de Bizkaia,

Hago saber: Que en el expediente administrativo

de apremio que con el número 2.000/10.178 se

sigue en este Servicio de Recaudación contra la

deudora "Mecánica de la Peña Equipos, Sociedad

Limitada", con Número de Identificación Fiscal

48.789.416, por débitos de varios conceptos

tributarios, he dictado con fecha de hoy, la siguiente

"Providencia.-De conformidad con lo dispuesto en

el artículo 138 del Reglamento de Recaudación del

Territorio Histórico de Bizkaia, y autorizada la

enajenación de los bienes inmuebles embargados al

deudor "Mecánica de la Peña Equipos, Sociedad

Limitada", con Número de Identificación Fiscal

48.789.416 procédase a la celebración de la subasta

de los citados bienes, el día 30 de abril de 2003,

a las once horas, en el Salón de Actos de la Hacienda

Foral; y obsérvense en su trámite y realización las

prescripciones de los artículos 138, 139 y 140 del

Reglamento de Recaudación del Territorio Histórico

de Bizkaia, indicándose que el tipo de subasta de

los citados bienes a enajenar será de 2.335.184 euros,

y los tramos a que deberán ajustarse las posturas

serán de 3.000 euros. Notifíquese esta providencia al

deudor y demás personas interesadas, y anúnciese

al público por medio de edictos en el Boletín Oficial

de Bizkaia y demás sitios reglamentarios." En

cumplimiento de dicha providencia, se publica el

presente edicto para general conocimiento y

convocatoria de licitadores, advirtiéndose a cuantos deseen

participar en la subasta lo siguiente:

Primero.-Los bienes a enajenar son los que al

final se relacionarán. Los títulos disponibles podrán

ser examinados por aquellos a quienes interese, hasta

el día anterior al de la subasta, en la Unidad 1.ade

Recaudación sita en Camino Capuchinos de

Basurso, número 2-4, 1.a planta, departamento G, en

horario de 9 a 13,30 horas, y de lunes a viernes.

Segundo.-Todo licitador deberá constituir ante

la Mesa de subasta el preceptivo depósito de

garantía, que será al menos del 50 por 100 del tipo de

aquella, con la advertencia de que dicho depósito

se ingresará en firme en la Tesorería Foral si los

adjudicatarios no satisfacen el precio del remate,

sin perjuicio de las responsabilidades en que

incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe

del depósito origine la inefectividad de la

adjudicación.

Tercero.-La subasta se suspenderá en cualquier

momento anterior a la adjudicación de los bienes,

si se efectúa el pago de la deuda, intereses y costas

del procedimiento.

Cuarto.-El rematante deberá entregar en el acto

de la adjudicación o dentro de los veinte días

siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el

precio de la adjudicación.

Quinto.-Los licitantes podrán enviar o presentar

sus ofertas en sobre cerrado, en el Registro General

del Departamento de Hacienda y Finanzas, hasta

una hora antes del comienzo de la subasta. Dichas

ofertas, que tendrán el carácter de máximas, deberán

ir acompañadas de cheque conformado a favor de

la Hacienda Foral de Bizkaia por el importe del

depósito.

Sexto.-En el supuesto de concurrencia de varias

ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión

de posturas a partir de la segunda más alta de

aquellas.

Séptimo: Si no se hubieren adjudicado bienes

suficientes para el pago de la cantidad perseguida, la

Mesa de subasta podrá acordar la suspensión del

acto, reservándose la Administración Foral el

derecho a pedir en el plazo de quince días la adjudicación

de los bienes no rematados, o celebrar seguidamente

una segunda licitación de dichos bienes,

admitiéndose proposiciones que cubran el nuevo tipo, que

será el 75 por 100 del señalado para la primera

licitación.

Octavo.-Al término de la subasta, los depósitos

que se hubieren constituido en la Presidencia de

la Mesa, se devolverán a sus respectivos propietarios,

depositándose en la Tesorería Foral los

pertenecientes a los dos mayores postores, considerando el de

los rematantes como entregas a cuenta del precio

de la adjudicación, debiendo completarse el pago

en el acto o en los veinte días siguientes, si no

completan el pago perderán el importe de los

depósitos, y quedarán obligados a resarcir a la

Administración de los perjuicios que del incumplimiento

de tal obligación se deriven.

El impago de un adjudicatario producirá la

adjudicación automática de los bienes al segundo postor.

La Mesa, en tal caso, acordará requerir al nuevo

rematante el abono del precio de la adjudicación,

que será la última postura realizada por el mismo,

advirtiéndole de que, si no completa el pago en

el acto o dentro de los veinte días siguientes, perderá

-como en el caso expuesto anteriormente-, el

importe del depósito y quedará obligado a resarcir

a la Administración de los perjuicios que del

incumplimiento de tal obligación se deriven.

Si el adjudicatario efectuara el pago de los bienes

rematados en los plazos fijados, se procederá a la

devolución inmediata del depósito constituido por

el segundo postor.

Noveno.-En el caso de no interesar a la

Administración Foral los bienes no rematados en la

primera licitación y sobre los cuales se había reservado

el derecho a pedir su adjudicación, se celebrará una

segunda licitación veinte días después de la fecha

en que la presente tiene lugar, en el mismo local

y a la misma hora.

Décimo.-Los licitadores habrán de conformarse

con los títulos de propiedad que se hayan aportado

al expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

Undécimo.-Las cargas anteriores y preferentes

tomadas con anterioridad a la anotación en favor

de la Diputación Foral, si las hubiere, quedarán

subsistentes, sin aplicar a su extinción el precio del

remate.

Duodécimo.-Los bienes no enajenados en

subasta podrán adjudicarse mediante venta por gestión

directa, conforme al procedimiento establecido en

el artículo 142 del Reglamento de Recaudación del

Territorio Histórico de Bizkaia.

Advertencia:

En todo lo no previsto en este edicto se estará

a lo preceptuado en las disposiciones legales que

regulen el acto, y confieran algún derecho a favor

de terceros.

Descripción de la finca a enajenar

Lote único.-Solar situado en el sector número

dieciocho de Igeltzera, del término municipal de

la anteiglesia de Urduliz, que se identifica como

parcela "I", en el plano número cuatro del proyecto

de reparcelación. Tiene una superficie de veintiséis

mil setecientos sesenta y un metros cuadrados y

linda al Norte con las parcelas F, G y H del plan,

al Este con la vialidad local del Plan, Sur con un

área de protección y carretera comarcal, y Oeste

con la vialidad local. Su geometría y límites están

definidos en el plano número cuatro del Proyecto

de Reparcelación. Esta finca constituye un conjunto

urbanístico unitario, que ocupa la antedicha

superficie de veintiseis mil setecientos sesenta y un metros

cuadrados. De la superficie total corresponde a la

parte edificable catorce mil ochocientos dieciseis

metros cuadrados y treinta y cinco decímetros

cuadrados. El resto lo constituye la parte libre de

edificación, con una superficie de once mil novecientos

cuarenta y tres metros cuadrados y sesenta y cinco

decímetros cuadrados, destinado a aparcamientos,

calles interiores del conjunto y zonas verdes y

ajardinadas. Después de distintas segregaciones esta

finca se haya constituida unicamente por el: Elemento

número uno. Zona A, del edificio proyectado con

una superficie totalmente edificada de cinco mil

quinientos cincuenta y dos metros cuadrados y sesenta

y cinco decímetros, que se describe: Nave de

fabri

cación en planta baja y altillo parcial para oficinas,

de forma rectangular con unas dimensiones de 100

por 53, metros, y linda: Norte con terreno comun

destinado a aparcamientos, Sur con la Zona C; al

Este y Oeste con viales interiores del conjunto; tiene

las siguientes características: cimientos con zapatas

aisladas de hormigon armado con vigas perimetrales

y zanjas rellenadas de hormigón; estructura interior

de perfiles laminados de chapa metálica;

cerramientos de fachadas compuesto por muretes de hormigón

y chapas metálicas. Participa en el valor total y

elementos comunes con treinta y siete enteros y

cuatrocientas setenta y cuatro milésimas de entero

por ciento. El solar que integra esta finca se forma

por aportación de las inscritas bajo los números

2.008 y 2.222 a los folios 51 y 91 del libro 38;

222, a los folios 168 y 169 del libro 7; 1.175, al

folio 61 del libro 29; 152-N, al folio 2 del libro

26; 157-N, al folio 8 del libro 21 y 95-N, al folio

6 del libro 26 de Urdúliz. Inscrita en el tomo 1.636,

libro 46, folio 183, última inscripción practicada

L de fecha 10 de diciembre de 2002.

Bilbao, 3 de marzo de 2003.-El Jefe del Servicio

de Recaudación.-&9.470.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
País Vasco
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Servicios.

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