Estando acreditado en el procedimiento la
imposibilidad de notificación a Mundo Mágico Tours
S.A., en su domicilio de la Avda. del Mar 12, Puerto
Marina, 29630-Benalmádena (Málaga), procede
acudir al medio de notificación previsto en el artículo
59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero.-En
consecuencia, a continuación se transcribe, para que
sirva de notificación, extracto de la resolución
n.o: R/00200/2004, de fecha 02/04/2004, recaída
en el procedimiento sancionador n.o 00104/2003.
"El Director de la Agencia Española de Protección
de Datos resuelve: "Primero: Imponer a la entidad
Mundo Mágico Tours S.A. por una infracción del
artículo 26 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, tipificada como leve en el artículo 44.2c)
de dicha norma, una multa de 6.010,12 euros (seis mil
diez euros con doce céntimos) de conformidad con
lo establecido en el artículo 45.1 de la citada Ley
Orgánica.
La sanción impuesta deberán hacerla efectiva en
el plazo de pago voluntario que señala el artículo 20
del Reglamento General de Recaudación aprobado
por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre,
mediante su ingreso en la cuenta n.o 0182 2370
43 0200000785 a nombre de la Agencia Española
de Protección de Datos del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria, S.A. o en caso contrario, se procederá
a su exacción por vía de apremio. Si recibe la
notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos
inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario
será hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato
hábil posterior, y si recibe la notificación entre los
días 16 y último de cada mes, ambos inclusive,
el plazo del pago será hasta el 20 del mes siguiente
o inmediato hábil posterior.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía
administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre), y de conformidad con lo
establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, los
interesados podrán interponer, potestativamente,
recurso de reposición ante el Director de la Agencia
Española de Protección de Datos en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la
notificación de esta resolución, o, directamente recurso
contencioso administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en
el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación de este acto, según lo previsto en el
artículo 46.1 del referido texto legal.
Madrid, 9 de junio de 2004.-El Director de la
Agencia Española de Protección de Datos, José Luis
Piñar Mañas.-&32.571.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid