Estando acreditado en el procedimiento la
imposibilidad de notificación a Asociación de
Reinserción de Disminuidos Mentales o Psíquicos (en
adelante ASDIMEN), con domicilio social en Plaza
Santa Gertrudis, 8, 6.o E de Murcia, procede acudir
al medio de notificación previsto en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificado
por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En consecuencia,
a continuación se transcribe, para que sirva de
notif i c a c i ó n , e x t r a c t o d e l a r e s o l u c i ó n
n.o: R/00197/2004, de fecha 02/04/2004, recaída
en el procedimiento sancionador n.o 00145/2003.
"El Director de la Agencia Española de Protección
de Datos resuelve: "Primero: Imponer a la
Asociación de Reinserción de Disminuidos Mentales
o Psíquicos, por una infracción del artículo 6 de
la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal, tipificada
como grave en el artículo 44.3d) de dicha norma,
una multa de 60.101, 21 euros (sesenta mil ciento un
euros con veintiún céntimos), de conformidad con
lo establecido en el artículo 45.2 de la citada Ley
Orgánica".
La sanción impuesta deberán hacerla efectiva en
el plazo de pago voluntario que señala el artículo
20 del Reglamento General de Recaudación
aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de
diciembre, mediante su ingreso en la cuenta n.o 0182 2370
43 0200000785 a nombre de la Agencia Española
de Protección de Datos del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria, S.A. o en caso contrario, se procederá
a su exacción por vía de apremio. Si recibe la
notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos
inclusive, el plazo para efectuar el pago voluntario
será hasta el día 5 del mes siguiente o inmediato
hábil posterior, y si recibe la notificación entre los
días 16 y último de cada mes, ambos inclusive,
el plazo del pago será hasta el 20 del mes siguiente
o inmediato hábil posterior.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía
administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre), y de conformidad con lo
esta
blecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, según la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, los
interesados podrán interponer, potestativamente,
recurso de reposición ante el Director de la Agencia
Española de Protección de Datos en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la
notificación de esta resolución, o, directamente recurso
contencioso administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional
con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en
el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la
notificación de este acto, según lo previsto en el
artículo 46.1 del referido texto legal.
Madrid, 9 de junio de 2004.-El Director de la
Agencia Española de Protección de Datos, José Luis
Piñar Mañas.-&32.578.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid