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Documento BOE-B-2010-34730

GIRONA

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 13 de octubre de 2010, páginas 111749 a 111750 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2010-34730

TEXTO

Don José Antonio Marquínez Beitia,Secretario Judicial del Juzgado de Mercantil núm. 1 de Girona.

Hago Saber: Que en el Concurso voluntario n.º 1151/2009 se ha acordado mediante Auto de esta fecha el cierre de la fase común y la apertura de la liquidación de conformidad con lo prevenido en el art. 143 de la Ley Concursal el cual es del tenor literal siguiente:

Juzgado Mercantil 1 Girona

Av. Ramón Folch, 4-6

Girona

Procedimiento Concursal 1151/2009

Parte demandante: Tornillería Catalana, S.A

Procuradora Sra. Edurne Díaz Tarragó

Auto

Magistrado Juez D Hugo Novales Bilbao

En Girona, a veintisiete de septiembre de dos mil diez

Parte dispositiva

Acuerdo: Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal de la entidad mercantil Tornillería Catalana, S.A y abrir la fase de liquidación formándose la sección quinta la cual se encabezará con testimonio de esta resolución.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de Administración y disposición de la entidad concursada sobre su patrimonio con todos los efecto establecidos en el título III de la Ley Concursal. Así mismo se declara la disolución y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal para proceder de conformidad con lo establecido en esta ley.

Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y se publicarán en el BOE

Inscríbase así mismo en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación librándose los oportunos mandamientos a Registro Mercantil de Girona.

En el plazo de OCHO DÍAS computados desde la notificación de esta resolución, la Administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el art. 148 de la Ley Concursal.

Fórmese la sección sexta de calificación del concurso que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración de concurso

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso se deberá interponerse por escrito en el plazo de 5 días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 197.2 Ley Concursal y 451,452 de LEC)

Así lo manda y firma el Magistrado Juez Mercantil 1 Girona; de lo que doy fe.

El Magistrado-Juez. El Secretario judicial.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art 144 en relación con los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal expido el presente en

Girona, 27 de septiembre de 2010.- El Secretario Judicial.

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