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Documento BOE-B-2012-38124

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 269, de 8 de noviembre de 2012, páginas 51789 a 51789 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2012-38124

TEXTO

Doña Cristina María Valero Domenech, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente, hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 916/2011 habiéndose dictado en fecha 6 de septiembre de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dipositiva es del siguiente tenor:

Se decreta la conclusión del concurso abreviado tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 916/2011, promovido por la Procuradora Sra. Serna Nieva, Ana Isabel, en nombre y representación de doña Isabel García Alarcón, DNI n.º 19858406-E, y el archivo de las presentes actuaciones sin más tramite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores actuaciones.

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.

Se acuerda que el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se ucuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

Se acuerda disponer el cese de la Administradora concursal, doña Beatriz Baixauli Almenar, con NIF n.º 45633128-R revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Aprobándose la rendición de cuentas presentada en fecha 19 de junio de 2012.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán a la Procuradora de los solicitantes del concurso Serna Nieva, Ana Isabel, a fin de proceder a su diligcnciamiento y gestión sin dilación, bajo legales apercibimientos; procediendo a su publicación en el BOE gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado.

Llévese el original al libro de autos definitivos dejando copia testimoniada en autos, e igualmente llévese trestimonio de esta resolución a la sección 2.ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recuno alguno (art. 177.1 LC).

Valencia, 6 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

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