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Documento BOE-B-2014-36645

PALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 20 de octubre de 2014, páginas 49797 a 49797 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2014-36645

TEXTO

Edicto

Doña Silvia Santana Lena, Secretaria judicial, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Palencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio sobre Guarda y Custodia de hijo menor, registrados bajo el número 202/2013, seguidos a instancia de doña Miria Ester Bichi, representada por el Procurador de los Tribunales don José Manuel Miruela González y asistida por la letrada doña Blanca Galindo Martín, frente a don Demetrio Marcelo Luiz, en situación de rebeldía procesal, en fecha nueve de septiembre de dos mil catorce se ha dictado sentencia n.º 97/2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don José Manuel Mirueña González, actuando en nombre y representación de doña Miria Ester Bichi frente a don Demetrio Marcelo Luiz, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:

- La patria potestad del menor H. B. V. será ejercida conjuntamente por ambos progenitores.

- La guarda y custodia del hijo menor será ejercida en exclusiva por su madre.

Todo ello sin hacer ningún pronunciamiento en relación a las costas procesales.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos principales dejando el original en el libro correspondiente.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado y a resolver por la Ilma. Audiencia Provincial de Palencia.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Hallándose el demandado Demetrio Marcelo Luis en rebeldía procesal por el presente se le notifica la sentencia, conforme dispone el art. 497.2 de la LEC.

Palencia, 16 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.

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