D/ña. Maria Aranzadu Alameda López, Secretaria/o Judicial del juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona.
Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 265/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso la la entidad Syl Creaciones Gráficas y Publicitarias, S.A., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos:
Numero de asunto:- concurso voluntario 295/2015 Seccion c2
Nig del procedimiento.- 0801947120158002389
Entidad concursada.- Syl Creaciones Gráficas y Publicitarias, S.A., con CIF nº A08244220 y domicilio social en C/ Silici, 9-11, P. Famades 08940, Cornellá de Llobregat (Barcelona).
Tipo de concurso.- Voluntario.
Fecha del auto de declaración.- 26.03.2015
Administrador/es concursal/es.- La sociedad Addvante concursal slp que designa a Oriol Ripoll Pañella, con domicilio social en Av. Diagonal, 482, 1a, 08006 Barcelona, tel. núm. 934158877,
fax núm. 934155777 y dirección electrónica concursal@addvante.com.
Facultades del concursado.- intervenido
Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.
Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlo en conocimiento de la Adminictración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrán efectuarse la comunicación por medio electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedores, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales.
Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito,
El plazo será de un mes, a contar desde la ultima de las publicaciones.
Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse.
Barcelona, 9 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.
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