Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 8 de los de Barcelona y Provincia.
Hago Saber Que en el Concurso Necesario nº 107/2013 seguido en este Juzgado, ha recaído la siguiente Sentencia, cuyo encabezamiento literal y extracto del fallo es el siguiente:
Sentencia
N.º 206/2014
En Barcelona, a veintitrés de octubre de dos mil catorce.
Vistos por Marta Cervera Martínez, magistrada del Juzgado Mercantil n.º 8 de Barcelona, los presentes autos de procedimiento concursal, sección 5.ª de convenio, seguidos con el número 107/2013 E entre:
Partes.- El concursado EDUARDO DE DELAS Y DE UGARTE, representado por la Procurador de los Tribunales D. Mónica Banqué.
Instante del concurso: INMOBILIARIA MAR, S.L.U. y D.ª M.ª EUGENIA COLOMA MILLÁN, representados por el Procurador de los Tribunales D. Antonio M.ª de Anzizu
La administración concursal (José Antonio Regalado Morillas).
Causa.- Aprobación de propuesta anticipada de convenio.
FALLO
La aprobación del convenio anticipado de acreedores de EDUARDO DE DELAS Y DE UGARTE......
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de veinte días desde su notificación.
Dado en Barcelona,, 12 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial, Jesús Santiago Ortego Briongos.
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