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Documento BOE-B-2015-33062

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 2015, páginas 46182 a 46182 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-33062

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 731/2015, por Auto dictado en fecha 2 de octubre de 2015, se ha declarado concurso voluntario a la mercantil INJOINET TECHNOLOGIES, S.L., con CIF B-86123668, y domicilio en calle Efigencia, número 17, 2.º 2, 28032 (Madrid).

2.- Que la mercantil INJOINET TECHNOLOGIES, S.L., conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio.

3.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co.

4.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso, sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

5.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso.

6.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada.

Madrid, 19 de octubre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia.

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