Está Vd. en

Documento BORME-C-2014-11480

GESTIÓN, ESTUDIO Y ASESORAMIENTO ZURBANO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES ZURBANO, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 13148 a 13148 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2014-11480

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas generales extraordinarias de Gestión, Estudio y Asesoramiento Zurbano, S.A. e Inversiones Zurbano, S.A., celebradas con carácter Universal el día 30 de junio de 2014 en Madrid, en la sede del domicilio social de ambas, adoptaron el acuerdo de Fusión por absorción mediante la transmisión a título universal del patrimonio de la Sociedad absorbida (Inversiones Zurbano, S.A.) a la Sociedad absorbente (Gestión, Estudio y Asesoramiento Zurbano, S.A.) y disolución sin liquidación y extinción de la Sociedad absorbida, sin necesidad de ampliación de capital en la absorbente por ser titular del 100% del capital de la absorbida, todo ello con modificación de los artículos correspondientes de los Estatutos sociales, conforme a los términos y condiciones del proyecto común de fusión suscrito por los Administradores de las Sociedades intervinientes.

Conforme al artículo 42 de la ley 3/2009, al haberse tomado el acuerdo de fusión en Junta universal y con acuerdo unánime de todos los socios, no ha sido preciso publicar el proyecto de fusión, ni cumplir los requisitos de convocatoria de la Junta, balance de fusión e información a los socios. Según el artículo 49 no es necesario el informe de experto independiente al tratarse de una fusión de Sociedad íntegramente participada.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión. Igualmente se hace constar el derecho que asiste a dichos acreedores de las Sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Madrid, 29 de octubre de 2014.- El Presidente y el Secretario de los Consejos de Administración de Gestión, Estudio y Asesoramiento Zurbano, S.A. e Inversiones Zurbano, S.A., don Juan Martín Hernández y doña María Beteta De Eugenio.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid