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Documento BORME-C-2015-10980

MUELLES Y BALLESTAS HISPANO ALEMANAS, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
INVEST ZIUR, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)
MUELLES Y BALLESTAS HISPANO ALEMANAS, S.L.U.
MUELLES Y BALLESTAS HISPANO ALEMANAS PROJECTS, S.L.U.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 12912 a 12912 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-10980

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que el Accionista único de Muelles y Ballestas Hispano Alemanas, S.A.U., la Sociedad Escindida, y la Junta General Extraordinaria y Universal de Invest Ziur, S.L., la Sociedad Beneficiaria existente, han acordado por unanimidad, a 16 de noviembre de 2015, la escisión total de Muelles y Ballestas Hispano Alemanas, S.A.U., que se extinguirá vía disolución sin liquidación, con la consiguiente transmisión de la totalidad de su patrimonio a Invest Ziur, S.L. y a las sociedades de nueva creación, Muelles y Ballestas Hispano Alemanas, S.L.U. y Muelles y Ballestas Hispano Alemanas Projects, S.L.U., constituyéndose éstas dos últimas, simultáneamente y como consecuencia de la presente escisión total y adjudicando al Accionista Único de la Sociedad Escindida las nuevas participaciones sociales de las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación.

Tanto Iinvest Ziur, S.L. como las Sociedades Beneficiarias de Nueva Creación, adquirirán por sucesión universal todos los derechos y obligaciones integrantes del patrimonio de la Sociedad Escindida, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de la Sociedad Escindida e Invest Ziur, S.L.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión. Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio de escisión.

Castellón, 16 de noviembre de 2015.- El Presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Escindida, Muelles y Ballestas Hispano Alemanas, S.A.U.- La Presidenta del Consejo de Administración de la Sociedad Beneficiaria existente, Invest Ziur, S.L.

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