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Documento BORME-C-2015-575

SASOR, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
ROSAS REINALDOS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 22, páginas 645 a 646 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-575

TEXTO

Los Administradores solidarios de Sasor, S.L., anuncian el acuerdo de la Junta universal de dicha sociedad mercantil que tuvo lugar en fecha 30 de julio de 2014 de realizar la escisión de Rosas 5, S.L., con subsistencia de dicha sociedad, mediante separación de la rama de actividad inmobiliaria de la misma y su traspaso en parte a Sasor, S.L. y en parte a la sociedad preexistente Rosas Reinaldos, S.L., con consiguiente reducción del capital de aquella sociedad y aumentos del de éstas; y, asimismo, realizar la escisión de Sasor, S.L., con subsistencia de dicha sociedad, mediante separación de los activos de la actividad inmobiliaria, constitutiva de una unidad económica de explotación autónoma, y su traspaso a Rosas Reinaldos, S.L. -sociedad también preexistente-, con consiguiente añadida reducción y aumento de capital social, y modificación de los arts. 2.º y 8.º de los Estatutos sociales, relativos al objeto y al capital social, respectivamente; ello con arreglo al Proyecto Común de Escisión formulado en la misma fecha por los órganos de administración social de las tres sociedades citadas, aprobado en aquella Junta, que contenía el Balance de escisión de Sasor, S.L., referido a fecha 31 mayo 2014, no auditado por no existir obligación legal de hacerlo.

A resultas del expresado acuerdo de escisión de Rosas 5, S.L. y Sasor, S.L., esta última sociedad redujo primeramente su capital social en 103.980 euros, con extinción de 1.733 participaciones sociales de 60 euros de valor nominal cada una, y subsiguientemente aumentó su capital social en la suma de 414.600 euros, mediante creación de 6.910 participaciones sociales del indicado valor nominal, quedando finalmente establecida la cifra de su capital social en 518.460 euros, representado y dividido en 8.641 participaciones sociales de 60 euros de valor nominal cada una. Sus únicos socios son los abajo firmantes, Salvador Villacampa Moral y M.ª Dolores Rosàs Cardús.

No ha existido modificación alguna en el Activo o el Pasivo del Balance de Escisión de Sasor, S.L., a las que se refiere el art. 79 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 -aplicable por remisión del artículo 73- y en el artículo 78 de la Ley 3/2009, no se ha procedido al depósito del Proyecto Común de Escisión en el Registro Mercantil, y se ha prescindido del informe de los Administradores y de expertos independientes sobre el mismo.

No existen en Sasor, S.L. titulares de derechos especiales, ni se han otorgado derechos especiales a los socios-partícipes de la misma ni a los socios-partícipes de las sociedades beneficiarias, como tampoco se han otorgado ventajas a los Administradores que intervinieron en la escisión.

Se advierte del derecho que corresponde a los socios y acreedores de Sasor, S.L., y a los representantes de los trabajadores, de examinar en el domicilio social el Proyecto Común de Escisión -que contiene el Balance de escisión no sólo de Sasor, S.L. sino también de Rosas 5, S.L. y Rosas Reinaldos, S.L.-, las Cuentas Anuales de Sasor, S.L., Rosas 5, S.L. y Rosas Reinaldos, S.L. de los tres últimos ejercicios, los Estatutos por los que se rige cada una de las citadas sociedades -con las modificaciones resultantes del acuerdo de escisión relativas, en todos los casos, al objeto y al capital social-, el texto íntegro del acuerdo de escisión y la minuta de la escritura pública, así como la identidad de los administradores de las sociedades participantes y la fecha desde la que desempeñan sus cargos; o a obtener la entrega o el envío gratuito del texto íntegro de dichos documentos.

Los acreedores de Sasor, S.L. tienen derecho a oponerse a la escisión mientras no se garanticen sus créditos; derecho que podrán ejercitar mediante comunicación escrita dirigida al domicilio social durante el plazo de un mes desde la última publicación del acuerdo.

Rubí (Barcelona), 30 de diciembre de 2014.- Salvador Villacampa Moral y M.ª Dolores Rosàs Cardús, Administradores solidarios de Sasor, S.L.

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