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Documento BORME-C-2016-989

COMINSA, EMPRESA CONSTRUCTORA, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 41, páginas 1146 a 1146 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-989

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de esta compañía, en su reunión celebrada el pasado día 4 de enero de 2016, en el domicilio social, sito en Madrid, calle Rodríguez San Pedro, 2, acordó, por unanimidad de todos los asistentes, reducir el capital social por (i) disminución del valor nominal de todas y cada una de las acciones por importe de 15,0342 euros por acción, para un total de reducción de 348.881,90 euros y (ii) por amortización de 13.204 acciones, representativas del 56,9040 por 100 del capital, para una reducción total de 79.224 euros, en ambos casos para devolución de aportaciones a los socios, de tal manera que, tras la ejecución de ambas reducciones el capital social de la compañía quedará fijado en 60.000 euros, dividido en 10.000 acciones nominativas, de clase y serie únicas, de 6,00 euros de valor nominal, numeradas de la 1 a la 10.000, ambas inclusive, tras la renumeración de las acciones no amortizadas en los términos igualmente acordados por unanimidad por la Junta General.

El acuerdo de reducción de capital, deberá ser ejecutado en el plazo máximo de dos meses y, en virtud del mismo, procede el abono a los accionistas de la suma conjunta de 428.105,90 euros, que se distribuirá en proporción a la reducción sufrida por cada uno de ellos.

A tal efecto, se delega en el órgano de administración las facultades necesarias para que dentro del plazo de dos meses, a contar de esta fecha, ejecute los acuerdos adoptados en esta reunión, procediendo a efectuar el expresado pago y las actuaciones precisas a tal efecto, incluida la correspondiente anotación en el libro registro de acciones nominativas.

Asimismo, se acordó por unanimidad dar nueva redacción al artículo 5.º de los Estatutos Sociales.

Todo lo cual se comunica y hace público a los efectos legales oportunos, haciendo saber a los acreedores sociales a que se refiere el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital el derecho que les asiste a oponerse a la reducción en los términos previstos en el expresado precepto.

Madrid, 22 de febrero de 2016.- El Administrador único.

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