De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el día 11 de octubre de 2017, la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad CALDERERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.A., acordó, por unanimidad, la Escisión Total de la misma, extinguiéndose sin liquidación y traspasando la totalidad de su patrimonio a dos entidades de nueva creación, CALDERERÍA Y CONSTRUCCIÓN, S.L., y UZTURRE INBERSIOAK, S.L., en los términos establecidos en el Proyecto de Escisión Total suscrito por el órgano de administración de la sociedad escindida.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de Escisión, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 43, 44 y 73 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Anoeta, 25 de octubre de 2017.- El Presidente del Consejo de Administración de Calderería y Construcción, SA, D. Jesús Mario Puras Rodrigo.
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