Orden de 28 de diciembre de 1961 por la que se modifica el apartado 2) del articulo segundo de la Orden de 24 de mayo de 1961 («Boletín Oficial del Estado» núm. 131) por la que se dictan las normas a que han de ajustarse los extintores de incendios de carga seca de construcción nacional para ser utilizados en la Marina Mercante española.
Resoluciones del Instituto Español de Moneda Extranjera por las que se anuncian los cambios aplicables en operaciones directas para Divisas y Billetes de Banco Extranjeros, con vigencia, salvo aviso en contrario, desde el 8 al 14 de enero de 1962.
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