Orden por la que se reconoce el derecho a percibir indemnización económica al personal femenino de Universidades Laborales que opte por la rescisión de servicios al contraer matrimonio.
Resolución por la que se fija el plazo a que se refiere el número 2 de la disposición transitoria quinta de la Orden de 24 de septiembre de 1970, según la redacción dada a la misma por Orden de 28 de julio de 1971.
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