Orden de 23 de diciembre de 1980 por la que se aprueban los indicadores o marcadores que han de ser agregados a los alcoholes etílicos no vínicos destinados a los llamados «usos generales» y «usos especiales».
Circular número 848, de 18 de diciembre de 1980, de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales, sobre asignación de claves estadísticas. (Continuación.)
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