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Acuerdo de 6 de junio de 1990, de la Junta Electoral Central, por el que se designa a los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales, previstos en el artículo 10.1.b) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.
Acuerdo de 6 de junio de 1990, de la Junta Electoral Central, por el que se designa a los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales, previstos en el artículo 10.1b) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.
Acuerdo de 6 de junio de 1990, de la Junta Electoral Central, por el que se designa a los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales, previstos en el artículo 10.1.b) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.
Acuerdo de 6 de junio de 1990, de la Junta Electoral Central, por el que se designa a los Vocales de las Juntas Electorales Provinciales, previstos en el artículo 10.1.b) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.
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