Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 35/1980, de 26 de junio, sobre pensiones a los mutilados excombatientes de la zona republicana.

Publicado en:
«BOE» núm. 165, de 10/07/1980.
Entrada en vigor:
30/07/1980
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1980-14756
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1980/06/26/35/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 26/06/1980
  • Fecha de publicación: 10/07/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/1980

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, con los efectos indicados, sobre avocación de las competencias de gestión de las prestaciones reguladas: Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril (Ref. BOE-A-2020-4554).
  • SE DECLARA en la CUESTION 2186/1991, inconstitucional el art. 12, por Sentencia 158/1993, de 6 de mayo (Ref. BOE-T-1993-13770).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • Revalorizando Pensiones para 1990: Real Decreto 1288/1990, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-1990-26038).
    • fijando la cuantía de las Pensiones y Subsidios: Real Decreto-ley 3/1989, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-1989-7181).
    • aplicando Pensiones: Real Decreto 198/1989, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-1989-4670).
    • fijando la cuantía de las Pensiones: Ley 37/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29563).
    • fijando la cuantía de los Haberes Activos y Pasivos de los funcionarios: Real Decreto-ley 3/1983, de 20 de abril (Ref. BOE-A-1983-11599).
  • SE MODIFICA determinados preceptos , por Ley 42/1981, de 28 de octubre (Ref. BOE-A-1981-26085).
  • SE COMPLETA : Orden de 20 de mayo de 1981 (Ref. BOE-A-1981-11841).
  • SE DESARROLLA la disposición transitoria segunda, por Resolución de 16 de octubre de 1980 (Ref. BOE-A-1980-23482).
  • SE MODIFICA el art. 17, por Real Decreto-ley 8/1980, de 26 de septiembre (Ref. BOE-A-1980-21167).

Referencias anteriores

Materias

  • Academias militares
  • Clases Pasivas Militares
  • Fuerzas Armadas
  • Mutilados
  • Pensiones
  • Retribuciones Supuestos Varios
  • Seguridad Social

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid