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Ley 6/1982, de 29 de marzo, de pensiones a los mutilados civiles de guerra.

Publicado en:
«BOE» núm. 80, de 03/04/1982.
Entrada en vigor:
23/04/1982
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1982-8394
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1982/03/29/6/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 29/03/1982
  • Fecha de publicación: 03/04/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 23/04/1982
  • Efectos económicos desde el 1 de enero de 1982.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN, con los efectos indicados, sobre avocación de las competencias de gestión de las prestaciones reguladas: Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril (Ref. BOE-A-2020-4554).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • Revalorizando Pensiones para 1990: Real Decreto 1288/1990, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-1990-26038).
    • aplicando Pensiones: Real Decreto 198/1989, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-1989-4670).
    • fijando la cuantía de las Pensiones: Ley 37/1988, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1988-29563).
    • aprobando normas Reglamentarias de procedimiento para su Ejecución: Real Decreto 1071/1983, de 16 de marzo (Ref. BOE-A-1983-12948).
    • fijando la cuantía de los Haberes Activos y Pasivos de los funcionarios: Real Decreto-ley 3/1983, de 20 de abril (Ref. BOE-A-1983-11599).

Referencias anteriores

Materias

  • Asistencia sanitaria de la Seguridad Social
  • Mutilados
  • Pensiones
  • Retribuciones Supuestos Varios
  • Seguridad Social

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