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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.

Publicado en:
«BOPA» núm. 160, de 11/07/1984, «BOE» núm. 212, de 04/09/1984.
Entrada en vigor:
12/07/1984
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-1984-19762
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-as/l/1984/07/05/6/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 05/07/1984
  • Fecha de publicación: 04/09/1984
  • Fecha de entrada en vigor: 12/07/1984
  • Publicada en el BOPA núm. 160, de 11 de julio de 1984.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AÑADE el art. 7, por Ley 8/2018, de 14 de septiembre (Ref. BOE-A-2018-14293).
  • SE MODIFICA:
  • SE DEROGA:
  • SE DECLARA en la CUESTION 267/1987, la inconstitucionalidad y nulidad del art. 39, por Sentencia 159/1991, de 18 de julio (Ref. BOE-T-1991-20380).
  • SE MODIFICA los arts. 12.1, 14.1, 22, y lo indicado por Ley 8/1991, de 30 de julio (Ref. BOE-A-1991-20736).

Referencias anteriores

Materias

  • Asturias
  • Comunidades Autónomas

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