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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 13/04/1999
  • Fecha de publicación: 27/04/1999
  • Fecha de entrada en vigor: 18/04/1999
  • Publicada en el BOR núm. 46, de 17 de abril de 1999.
  • Fecha de derogación: 31/03/2022

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Ley 3/2022, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2022-6677).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 5.3, 12.5 y 8, por Ley 2/2020, de 30 de enero (Ref. BOE-A-2020-1939).
    • los arts. 12 y 44, por Ley 1/2019, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2019-3643).
    • los arts. 6.b), 8, 12.1 y 2, 18, 23, 40.1, 44 y SE AÑADE el 8 bis, por Ley 3/2017, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2017-4394).
    • el art. 18 apartados 2, 6, 7, 9, 11 y 12 y el art. 26.2 y 3, por Ley 6/2015, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-392).
    • los arts. 16.3, 18, 28 y 32, por Ley 7/2014, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2015-352).
    • los arts. 10, 28 y 32, por Ley 13/2013, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-404).
    • el art. 14.1, por Ley 7/2012, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-452).
    • los arts. 10, 12 y 44, por Ley 7/2011, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-1142).
    • los arts. 2.2, 12.4, 14.5, 18.1 y 31 a 34, por Ley 10/2010, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-2011-469).
    • los arts. 2.1 y 21 y SE SUPRIME el art. 17, por Ley 6/2009, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-657).
    • los arts. 16.1, 31 y 32, por Ley 5/2008, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-1262).
    • los arts. 14.1, 18, 22.7, 31 y 32, por Ley 6/2007, de 21 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-906).
    • los arts. 18.2 y 22, por Ley 13/2005, de 16 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-679).
  • SE DEROGA el art. 29.7 y SE MODIFICA los arts. 5, 7.1, 8, 14.3, 29 y 37, por Ley 9/2004, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-537).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 14, 17, 18, 30, 31 y 36, por Ley 10/2003, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-3068).
    • el art. 18.2, por Ley 10/2002, de 17 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-95).
    • los arts. 1, 2, 14, 22, 31, 32 y 33, por Ley 7/2000, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24375).
    • los arts. 5.2 y 31.c), por Ley 7/1999, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24724).

Referencias anteriores

  • DE CONFORMIDAD con el art. 8.uno.10 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio (Ref. BOE-A-1982-15030).
  • CITA Real Decreto 2376/1994, de 9 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28723).

Materias

  • Juego
  • La Rioja
  • Tasas fiscales

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