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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto Legislativo
  • Fecha de disposición: 29/11/2002
  • Fecha de publicación: 13/12/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 14/12/2002
  • Entrada en vigor: 14 de diciembre de 2002.

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el art. 5.3, por Ley 31/2022, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2022-22128).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD y se crea la Comisión técnica para la definición de los elementos que configuran la plataforma digital común: Orden ISM/936/2022, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-16016).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 8.8, por Ley 16/2022, de 5 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-14580).
    • los arts. 4, 9, 35 y en la forma indicada el 5; SE AÑADE los capítulos XI, XII, las disposiciones adicionales 10 a 13 y transitorias 11 a 13, por Ley 12/2022, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2022-10852).
    • el art. 5.3 a), por Ley 22/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21653).
    • el art. 5.3.a), por Ley 11/2020, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17339).
    • y SE AÑADE determinados preceptos, por Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero (Ref. BOE-A-2020-1651).
    • la disposición adicional 1 y SE AÑADE las disposiciones transitorias 9 y 10 , por Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto (Ref. BOE-A-2018-12131).
    • la disposición adicional 7, por Ley 25/2015, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2015-8469).
    • los arts. 2, 10, 11, 20, 24, 31, 34, 36, 46, disposiciones adicionales 2 y 8, y SE AÑADE el art. 11 ter y la disposición transitoria 8, por Ley 20/2015, de 14 de julio (Ref. BOE-A-2015-7897).
    • los arts. 5, 8 y 28 y SE AÑADE las disposiciones adicional 8 y transitoria 7, por Ley 26/2014, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12327).
    • Arts. 16 y 20.4, por Ley 22/2014, de 12 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-11714).
  • SE AÑADE la disposición adicional 7, por Ley 1/2013, de 14 de mayo (Ref. BOE-A-2013-5073).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 8.6, por Ley 17/2012, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-15651).
    • el art. 24, por Real Decreto-ley 10/2012, de 23 de marzo (Ref. BOE-A-2012-4091).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2013, los arts. 14 y la disposición adicional 1, y desde el 2 de agosto de 2011, el art. 7.2, por Ley 27/2011, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2011-13242).
    • los arts. 8, 9, 11, 15, 20, 21, 24, 35, 36, la disposición adicional 2 y SE AÑADEN los arts. 11.bis, 26.bis y la disposición adicional 6, por Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
  • SE DECLARA, en la CUESTIÓN 933/2008, inconstitucional y nulo lo indicado del inciso cuarto del art. 7.2, por Sentencia 128/2010, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-270).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 5, 8, 36, disposiciones adicionales 1 y 4, transitoria 3 y final 2, por Ley 35/2006, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2006-20764).
    • los arts. 1.2, 11.6, 24, disposiciones transitoria 2 y final 4 y SE AÑADE un capítulo X y la disposición adicional 5, por Ley 11/2006, de 16 de mayo (Ref. BOE-A-2006-8636).
    • la disposicción transitoria 2, por Real Decreto-ley 16/2005, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2005-21600).
  • SE AMPLÍA el plazo indicado de la disposición transitoria 2, por Real Decreto-ley 10/2004, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21689).
  • SE DEROGA la disposición transitoria 7, por Real Decreto Legislativo 3/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4347).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD aprobando el Reglamento de planes y fondos de pensiones: Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-2004-3453).
  • SE MODIFICA los arts. 5 y 16, por Ley 62/2003, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23936).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
    • Disposiciones adicional 11 y transitorias 14, 15 y 16 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1995-24262).
    • En la forma indicada la Ley 8/1987, de 8 de junio (Ref. BOE-A-1987-13491).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 32.18 de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2001-24965).

Materias

  • Actuarios de seguros
  • Administraciones Públicas
  • Contabilidad
  • Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
  • Discapacidad
  • Empleo
  • Empresas
  • Empresas públicas
  • Fondos de pensiones
  • Funcionarios públicos
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
  • Inversiones
  • Mutualidades de Previsión Social
  • Pensiones
  • Planes de pensiones
  • Seguros
  • Trabajadores

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