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Real Decreto 1050/2003, de 1 de agosto, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria de zumos de frutas y de otros productos similares, destinados a la alimentación humana.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 02/08/2003.
Entrada en vigor:
03/08/2003
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2003-15479
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2003/08/01/1050/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 01/08/2003
  • Fecha de publicación: 02/08/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 03/08/2003
  • Fecha de derogación: 28/10/2013

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 781/2013, de 11 de octubre (Ref. BOE-A-2013-10611).
  • SE MODIFICA las partes 2.2 y 5.6 y SE AÑADE la parte 8 , por Real Decreto 462/2011, de 1 de abril (Ref. BOE-A-2011-6359).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, estableciendo parámetros mínimos de calidad en zumos de frutas y los métodos de análisis aplicables: Real Decreto 1518/2007, de 16 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-21091).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
  • TRANSPONE la Directiva 2001/112/CE, de 20 de diciembre (Ref. DOUE-L-2002-80036).
  • DECLARA la vigencia de los arts. 16, 17 y 18 y de lo relativo a zumos de vegetales y derivados del Real Decreto 667/1983, de 2 de marzo (Ref. BOE-A-1983-9198).

Materias

  • Aditivos alimentarios
  • Etiquetas
  • Reglamentaciones técnico sanitarias
  • Zumos de frutas

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