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Real Decreto 1026/2011, de 15 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Mutualismo Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 04/08/2011.
Entrada en vigor:
05/08/2011
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2011-13384
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2011/07/15/1026/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 15/07/2011
  • Fecha de publicación: 04/08/2011
  • Fecha de entrada en vigor: 05/08/2011

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA, con efectos desde el 1 de junio de 2023, el art. 82, por Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2023-5364).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 59 y se regula el procedimiento para el reconocimiento de los derechos: Orden JUS/1052/2022, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-2022-18104).
  • SE DECLARA la nulidad del inciso indicado del art. 103.3, por Sentencia del TS de 9 de diciembre de 2021 (Ref. BOE-A-2022-1716).
  • SE DESARROLLA los arts. 21 a 40, por Orden JUS/464/2018, de 24 de abril (Ref. BOE-A-2018-6119).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con los arts. 76 y 78, fijando las condiciones para la prestación farmacéutica a través de las oficinas de farmacia: Resolución de 27 de junio de 2017 (Ref. BOE-A-2017-7783).
    • regulando el procedimiento de reintegro de gastos excepcionales de farmacia: Resolución de 18 de marzo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-3533).

Referencias anteriores

  • DEROGA el Real Decreto 3283/1978, de 3 de noviembre (Ref. BOE-A-1979-2676).
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final 2 del Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio (Ref. BOE-A-2000-12139).

Materias

  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia social
  • Clases Pasivas
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Incapacidades laborales
  • Mutualidad General Judicial
  • Regímenes especiales de la Seguridad Social

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