Entrada en vigor, con la salvedad indicada, el 2 de octubre de 2016.
Referencias posteriores
SE MODIFICA, con efectos desde el 23 de septiembre de 2020, la disposición final 7, por Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre (Ref. BOE-A-2020-11043).
SE DEJA SIN EFECTO la modificación de la disposición final 7, por Resolución de 10 de septiembre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-10491).
SE MODIFICA:
la disposición final 7, por Real Decreto-ley 27/2020, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-2020-9131).
los arts. 9, 10 y SE AÑADE la disposición adicional 6, por Real Decreto-ley 14/2019, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-2019-15790).
el art. 28.2 y 3, por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-16673).
SE DECLARA, en el Recurso 3865/2016, la desestimación en relación con los arts. 1 y 127 a 133, por Sentencia 110/2018, de 17 de octubre (Ref. BOE-A-2018-15846).
SE MODIFICA la disposición final 7, por Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto (Ref. BOE-A-2018-12131).
SE DECLARA, en el Recurso 3628/2016, la inconstitucionalidad y nulidad de lo indicado de los arts. 6.4 y 129.4, y de la disposición final 1.2; contrarios al orden constitucional de competencias, los arts. 130, 132 y lo indicado del 129 y 133, según el fj.7.b) o c); y la constitucionalidad, en los términos del fj 11.f) de la disposición adicional 2.párrafo 2, por Sentencia 55/2018, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2018-8574).
Referencias anteriores
DEROGA:
los arts. 4 a 7 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-2011-4117).
en la forma indicada, determinados preceptos del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre (Ref. BOE-A-2009-18358).
en la forma indicada, la Ley 11/2007, de 22 de junio (Ref. BOE-A-2007-12352).