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Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 309, de 24/12/2025.
Entrada en vigor:
25/12/2025
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2025-26458
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2025/12/23/16/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 23/12/2025
  • Fecha de publicación: 24/12/2025
  • Fecha de entrada en vigor: 25/12/2025
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposición final 5, el 25 de diciembre de 2025.
  • Fecha de derogación: 28/01/2026

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 27 de enero de 2026 (Ref. BOE-A-2026-2024).

Referencias anteriores

  • DEROGA la disposición adicional 4 de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-22865).
  • MODIFICA:
    • el art. 83 del Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2025-1560).
    • las referencias indicadas y PRORROGA, en la forma señalada, para el año 2026, el contenido de los títulos IV, VIII y las disposiciones adicionales concordantes de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, (Ref. BOE-A-2022-22128).
    • el art. 3 del Real Decreto 401/2021, de 8 de junio (Ref. BOE-A-2021-9560).
    • la disposición adicional 2 del Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-16824).
    • los arts. 1 y 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo (Ref. BOE-A-2020-4208).
    • con los efectos señalados, lo indicado del art. 6.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre (Ref. BOE-A-2017-11505).
    • los arts. 271.1, 299.1 y, con efectos de 29 de diciembre de 2025, la disposición transitoria 35 [sic]; y AÑADE las disposiciones adicional 61 y transitoria 45 a la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11724).
    • con los efectos indicados, las disposiciones adicionales 17 y 18 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-2014-12328).
    • lo indicado del art. 33.1.a) del Reglamento aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-2007-6820).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2025, las disposiciones adicionales 50, 55 y transitoria 32; y, con efectos desde el 1 de enero de 2026, la adicional 58 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2006-20764).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2026, el art. 107.4 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (Ref. BOE-A-2004-4214).
    • lo indicado del art. 33.2 y AÑADE la disposición transitoria 4 al Reglamento aprobado por Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28925).
    • con efectos desde el 1 de enero de 2025, la disposición transitoria 13 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-28740).
  • AMPLÍA:
    • hasta el 31 de diciembre de 2026, el plazo previsto en la disposición transitoria 3 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo (Ref. BOE-A-2023-12203).
    • lo indicado del art. 12.3 de la Ley 41/1994, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-1994-28967).
    • lo indicado del art. 11.4 de la Ley 21/1993, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-1993-31087).
    • lo indicado del Real Decreto-ley 6/1992, de 13 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-25109).
  • PRORROGA, en la forma indicada, la vigencia del Real Decreto 87/2025, de 11 de febrero (Ref. BOE-A-2025-2576).
  • EN RELACIÓN con:
    • el art. 11 del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, (Ref. BOE-A-2024-22928).
    • la regla 17.4 del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre (Ref. BOE-A-1990-23930).

Materias

  • Actividades económicas
  • Arrendamientos urbanos
  • Asistencia social
  • Ayudas
  • Clases Pasivas
  • Consumo de energía
  • Cotización a la Seguridad Social
  • Desahucios
  • Desempleo
  • Despidos
  • Devolución de ingresos tributarios
  • Energía eléctrica
  • Estimación objetiva
  • Financiación de las Comunidades Autónomas
  • Gestión presupuestaria
  • Haciendas Locales
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Incendios forestales
  • Incentivos fiscales
  • Inundaciones
  • Pensiones
  • Precios
  • Producción de energía
  • Salario Mínimo Interprofesional
  • Seguridad Social
  • Sistema Nacional de Salud
  • Sociedades de capital
  • Tasas
  • Telefonía móvil
  • Trabajadores autónomos
  • Vehículos de motor
  • Viviendas

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