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Documento BOE-A-1978-22638

Canje de Notas relativo a la supresión de la obligatoriedad para facilitar el turismo entre España y Mónaco de fechas 13 de abril y 26 de junio de 1978.

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 1 de septiembre de 1978, páginas 20458 a 20458 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1978-22638

TEXTO ORIGINAL

EMBAJADA DE ESPAÑA EN PARIS

La Embajada de España saluda atentamente a la Embajada de Mónaco en París y, con referencia a las Notas canjeadas con fechas de 16 de agosto y 6 de septiembre de 1966, tiene el honor de comunicarle lo que sigue:

Hasta la fecha, los súbditos españoles que se encuentran en Francia pueden entrar de hecho en el territorio del Principado de Mónaco sin cumplir formalidad alguna, Por otra parte, las autoridades españoles hablan autorizado excepcionalmente a los ciudadanos de Mónaco para que pudieran efectuar sus viajes a España, para estancias no superiores a tres meses, en las mismas condiciones que los realizan los ciudadanos franceses, es decir, sin necesidad de pasaporte vigente, bastando el documento nacional de identidad o un pasaporte caducado desde hace menos de cinco años.

Ello no obstante, parece que sería más conveniente que lo que de una parte es una práctica de hecho y de otra una autorización de carácter excepcional, quedara sometido a un régimen acordado entre ambas Partes en virtud de un Canje de Notas.

Si estas sugerencias merecen la aprobación de las autoridades de Mónaco, el Gobierno español propone que la presente Nota y el acuse de recibo de esa Embajada sean consideradas como constitutivas de un acuerdo entre ambos Gobiernos, que entraría en vigor en la fecha de la respuesta de esa Embajada y en el entendimiento de que la regulación de la materia se regirá por extensión por el contenido de las Notas canjeadas entre los Gobiernos de Francia y España con fechas 13 de enero de 1966 y 6 de diciembre de 1977.

La Embajada de España aprovecha la ocasión para reiterar a la Embajada de Mónaco en París las seguridades de su más alta consideración.

París, 13 de abril de 1978.

Embajada de Mónaco. París.

EMBAJADA DE MONACO PARIS

La Embajada del Principado de Mónaco saluda atentamente a la Embajada de España en París, y en relación con su Nota número 84 de 13 de abril de 1978, por la que le comunica lo siguiente:

«La Embajada de España saluda atentamente a la Embajada de Mónaco en París y, con referencia a las Notas canjeadas con fechas de 16 de agosto y 6 de septiembre de 1966, tiene el honor de comunicarle lo que sigue:

Hasta la fecha, los súbditos españoles que se encuentran en Francia pueden entrar de hecho en el territorio del Principado de Mónaco sin cumplir formalidad alguna. Por otra parte, las autoridades españolas habían autorizado excepcionalmente a los ciudadanos de Mónaco para que pudieran efectuar sus viajes a España, para estancias no superiores a tres meses, en las mismas condiciones que los realizan los ciudadanos franceses, es decir, sin necesidad de pasaporte vigente, bastando el documento nacional de identidad o un pasaporte caducado desde hace menos de cinco años.

Ello no obstante, parece que sería más conveniente que lo que de una parte es una práctica de hecho y de otra una autorización de carácter excepcional, quedara sometido a un régimen acordado entre ambas Partes en virtud de un Canje de Notas.

Si estas sugerencias merecen la aprobación de las autoridades de Mónaco, el Gobierno español propone que la presente Nota y el acuse de recibo de esa Embajada sean consideradas como constitutivas de un acuerdo entre ambos Gobiernos, que entraría en vigor en la fecha de la respuesta de esa Embajada y en el entendimiento de que la regulación de la materia se regiré por extensión por el contenido de las Notas canjeadas entre los Gobiernos de Francia y España con fechas 13 de enero de 1966 y 6 de diciembre de 1977.»

La Embajada del Principado de Mónaco tiene el honor de participar a la Embajada de España que el Gobierno de S. A. S. el Príncipe ha dado su acuerdo al texto anterior.

La Embajada del Principado de Mónaco aprovecha esta ocasión para renovar a la Embajada de España el testimonio de su más alta consideración.

París, 26 de junio de 1978.

Embajada de España. París.

El presente Canje de Notas entró en vigor el 26 de junio de 1978, fecha de la última de las Notas canjeadas.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 22 de agosto de 1978 –El Secretario general Técnico, Juan Antonio Pérez-Urruti Maura.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 26/06/1978
  • Fecha de publicación: 01/09/1978
  • Fecha de entrada en vigor: 26/06/1978
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 22 de agosto de 1978.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 221, de 15 de septiembre de 1978 (Ref. BOE-A-1978-23726).
Referencias anteriores
  • DECLARA de aplicación, por extensión, el Canje de Notas de 13 de enero de 1966 y 6 de diciembre de 1977 (Ref. BOE-A-1978-2840).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Mónaco
  • Pasaportes
  • Turismo

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