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Documento BOE-A-1979-10577

Real Decreto 813/1979, de 16 de marzo, por el que se prorroga el Real Decreto 1690/1978, de 14 de julio, que regula la producción y comercialización de los productos avícolas para la campaña 1978-79.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 21 de abril de 1979, páginas 9117 a 9117 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1979-10577
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1979/03/16/813

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto mil seiscientos noventa/mil novecientos setenta y ocho, de catorce de julio, por el que se regula la producción y comercialización de los productos avícolas para la campaña mil novecientos setenta y ocho/setenta y nueve, determina, en su disposición final cuarta, que la vigencia del mismo finalizará el treinta y uno de marzo de mil novecientos setenta y nueve.

Dado que los precios de los productos agrarios regulados no han sido aún aprobados por el Gobierno, y que estos precios servirán de base para el establecimiento de las correspondientes normas, objeto del Real Decreto de regulación de la campaña mil novecientos setenta y nueve-ochenta, se hace necesario retrasar la publicación de éste, y prorrogar la vigencia del Real Decreto primeramente citado.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Agricultura, y de Comercio y Turismo, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve,

DISPONGO:

Artículo único.

Se prorroga la vigencia del Real Decreto mil seiscientos noventa/mil novecientos setenta y ocho, de catorce de julio, por el que se regula la producción y comercialización de los productos avícolas para la campaña mil novecientos setenta y ocho-setenta y nueve, hasta la entrada en vigor del Real Decreto que regule la producción y comercialización de los productos avícolas para la campaña mil novecientos setenta y nueve-ochenta.

Dado en Madrid a dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y nueve.

JUAN CARLOS

El Ministro de la Presidencia,

JOSÉ MANUEL OTERO NOVAS

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 16/03/1979
  • Fecha de publicación: 21/04/1979
  • Fecha de entrada en vigor: 11/05/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la vigencia del Real Decreto 1690/1978, de 14 de julio (Ref. BOE-A-1978-18340).
Materias
  • Aves
  • Carnes

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