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Documento BOE-A-1980-23386

Orden de 2 de octubre de 1980 por la que se crea la especialidad de Actividades Subacuáticas para personal titulado superior de la Marina Mercante.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 27 de octubre de 1980, páginas 23949 a 23951 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1980-23386
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1980/10/02/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sres.: El auge que han tomado en nuestro país las actividades subacuáticas, y debido al gran avance tecnológico desarrollado en este sentido, así como la complejidad creciente en los servicios de buques y sistemas de navegación, hace necesario contar con Oficiales de la Marina Mercante especializados en la técnicas teórico-prácticas de buceo y manejo de equipos para solventar problemas presentados en la obra viva de buques o en operaciones subacuáticas relacionadas con embarcaciones o plataformas flotantes, con el fin de lograr de las mismas el máximo rendimiento y efectividad.

En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante, ha tenido a bien disponer:

CAPITULO I
Especialidad
Artículo 1.

Se establece la especialidad de Actividades Subacuáticas para el personal titulado superior de la Marina Mercante.

Artículo  2.

Podrán optar a asta especialidad los alumnos de las Escuelas Superiores de Náutica que tengan aprobado el primer ciclo de la carrera o cursos superiores, y aquellos que ya posean la titulación superior de la Marina Mercante en cualquiera de sus tres Secciones de Puente, Máquina y Radio-electrónicos.

Artículo  3.

Pana obtener la especialidad en Actividades Subacuáticas es condición aprobar un examen teórico-práctico, cuyos programas se insertan como anexo a esta Orden ministerial, previa presentación del certificado médico de aptitud física para el buceo, expedido de acuerdo con las normas contenidas en los apartados I y II de la documentación médica publicada en Orden ministerial de 26 de abril de 1973 («Boletín Oficial del Estado» número 173).

Artículo  4.

Los cursos correspondientes para adquirir esta especialidad podrán realizarse en los Centros de Enseñanza de Buceo dependientes de la Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante. La duración de los cursos no será inferior a siete semanas. Por circunstancias excepcionales estos podrán realizarse en el Centro de Buceo de la Armada, a tenor de lo dispuesto en los artículos 33 y 34 de la Orden ministerial de 26 de abril de 1973 («Boletín Oficial del Estado» número 173), por la que se aprueba el Reglamento para al Ejercicio de Actividades Subacuáticas en las Aguas Marítimas e Interiores.

Artículo  5.

Las atribuciones para el personal que tenga la especialidad de Actividades Subacuáticas serán las siguientes:

a) Utilización de equipos de aire de buceo autónomo y semiautónomo definidos en el artículo 2.º del Decreto 2055/1969.

b) Efectuar inmersiones hasta una profundidad máxima de metros 25.

c) Realizar reparaciones de emergencia en la obra viva de los buques e inspección del estado general de la misma.

Artículo  6.

La posesión de la especialidad se anotará en la libreta de inscripción marítima de los interesados para constancia y efectos oportunos. Dicha anotación la efectuarán, a petición de los mismos, los Jefes del Detall de las Comandancias o Ayudantes Militares de Marina, a la vista del diploma de aptitud correspondiente. Los poseedores de dicha especialidad cumplimentarán cuantas disposiciones legales en vigor se refieran al ejercicio de las Actividades Subacuáticas en Aguas Marítimas e Interiores.

CAPITULO II
Solicitud de diploma
Artículo  7.

Los diplomas correspondientes a la especialidad se solicitarán de la Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante (Inspección General de Enseñanzas Náuticas), a través de la Comandancia Militar de Marina, haciendo constar en la solicitud el lugar y dirección a donde deseen les sea remitido, y acompañando a la misma:

1. Póliza de 25 pesetas para reintegro del diploma.

2. Certificado del Tribunal de examen de haber sido declarado «apto».

3. La cantidad de 125 pesetas para gastos de expedición e impresión del diploma, en papel de pagos al Estado.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 2 de octubre de 1980.‒P. D., el Subsecretario de Pesca y Marina Mercante, Miguel I. de Aldasoro Sanaberg.

Ilmos. Sres. Subsecretario de Pesca y Marina Mercante e Inspector general de Enseñanzas Náuticas.

ANEXO
Programas de materias teórico-prácticas a las que se ajustarán los exámenes para la obtención del diploma en la especialidad de Actividades Subacuáticas para personal titulado superior de la Marina Mercante

Programa teórico

Física aplicada al buceo: Conceptos básicos. Unidades físicas fundamentales. Estado líquido: Propiedades. Concepto de presión. Unidades de presión. Termología. Principio fundamental de la hidrostática: Aplicaciones. Principio de Arquímedes: Aplicaciones. Principio de Pascal: Aplicaciones. Estado gaseoso: Propiedades. Leyes de los gases: General, Dalton, Henry. Teoría de la mezcla de gases.

Tecnología básica del buceo: Consideraciones en el uso de los equipos autónomos. Condiciones físicas del buceador. Entrenamiento y aptitud. Condiciones de la zona de inmersión. Normas generales de seguridad. Emergencias debajo del agua. Organización de las salidas a la mar. Métodos de sumergirse. Señales entre «buzos-buceadores» y la superficie. El buceo con aparatos autónomos: Equipos autónomos de buceo.

Fisiología del buceo: Anatomía y fisiología del aparato respiratorio y circulatorio. Alteraciones fisiológicas relacionadas con los cambios de presión en la inmersión. Estudio de las cavidades del organismo que contienen gases: Pulmones, oídos, senos paranasales, vísceras huecas del abdomen. Fisiología y patología de la descompresión. Alteraciones fisiológicas debidas a la desigualdad de presión de los gases (presiones parciales de los gases respiratorios). Efectos de oxígeno (anoxias, asfixias). Efecto del almacenamiento de gases en los tejidos (ataque de presión, embolia del aire traumática). Pérdida de calor en el agua: Tolerancia al frío. La visión en el agua. La audición en el agua. Trabajo muscular en la inmersión.

Problemas de buceo: Introducción. Problemas generales: Condiciones y efectos de los elementos en el medio ambiente. Problemas del descenso: Efectos primarios y secundarios de la presión. Problemas a profundidad de buceo: Comportamiento de los diferentes gases. Problemas del ascenso: Aboyamientos, sobre expansión pulmonar y enfermedad descompresiva.

Teoría de la descompresión: Fundamentos. Enfermedad descompresiva. Factores de seguridad. Tablas de descompresión. Descompresión en superficie. Límites de empleo del oxígeno. Explicación de les hojas de buceo. Ejercicios de descompresión.

Tratamientos: Consideraciones generales. Tratamiento de un buceador inconsciente. Recompresión. Tablas de tratamiento. Utilización de las cámaras de descompresión: Precauciones en su manejo. Tratamientos en condiciones anormales. Tratamiento de la embolia traumática de gas. Errores más frecuentes en los tratamientos. Tratamientos en altitud. Ejercicios de tratamientos.

Accidentes del buceo y primeros auxilios: El organismo humano: Anatomía y fisiología general. Ahogamiento y sus clases Accidentes en oídos y senos. Hemorragias nasales. Agotamiento muscular. Hipotermia. Efectos patológicos producidos por seres vivos. Auxilio a náufragos: Presa, contrapresa, remolques. Inanimación y reanimación. Respiración artificial: Diferentes métodos. Estados de «shock» y coma: Síntomas y tratamiento. Muerta aparente y real: Conducta a seguir en caso de muerte a bordo. Curas de urgencia: Heridas, quemaduras, contusiones, fracturas. Transporte de accidentados

Instalaciones Hiperbáricas: Cámaras de descompresión. Líneas de gases. Compresores. Baterías. Filtros y purificadores. Instalaciones a bordo y en tierra. Cálculo de los caudales de suministro de gas. Manorreductores y reguladores de gran caudal. Manómetros y registradores de presión. Equipos de comunicación. Colectores y válvulas: Válvulas de seguridad.

Legislación: Reglamentación de las Actividades Subacuáticas en las Aguas Marítimas e Interiores. Costas, aguas interiores, mar territorial y alta mar: Definiciones. El suelo y subsuelo del mar: Generalidades. La plataforma continental: Concepto y extensión. Reglamentación de la pesca submarina: Comentario. Salvamentos, hallazgos y extracciones marítimas: Conceptos generales.

Programa práctico

Prácticas de natación en piscina y dársena.

Práctica de buceo en piscina y manejo de brújula en tierra: Ambientación con equipo en piscina. Diferentes secuencias del manejo del equipo y emergencias que pueden presentarse en el mar. Manejo de brújula.

Recorridos en superficie, mar abierto.

Prácticas de brújula en mar abierto, Prácticas de recorridos cortos con brújula y cambios de nimbo en inmersión.

Recorridos en inmersión mar abierto (cambio de rumbo) (Dos cambios de rumbo).

Abandonos y recogidas, mar abierto.

Escapes libres, mar abierto.

Trabajos básicos de buceo en dársena y mar abierto: Golilla simple con tuercas. Cuadrado de tubos con rosca. Clavos en tablón. Golilla curvada. Taladros en madera. Corte de madera a serrucho. Escopladura en madera. Corte de chapa a cincel. Corte de tuberías y cables a serrucho. Acople de tubería e «Y». Pontón de varillas. Embrague de pesos y suspensión con globo.

Reconocimiento carenas de buques en dársena y mar abierto: Pase por honda. Reconocimiento de casco de buque por zonas. Localización e identificación de los elementos situados en la obra viva de un buque. Reconocimiento de casco de buque controlado (método escalera). Reconocimiento de casco de buque controlado (método zigzag). Inspección de determinarlas averías en la obra viva de un buque.

Reconocimiento de fondos en dársena y mar abierto: Utilización de filiere por calles. Circular con cabo de distancia. Cuadrícula confinada. Buceador remolcado (con buena visibilidad).

Cuadrícula progresiva. Rastra de fondo remolcada por buceadores.

Prácticas con equipo de volumen constante en dársena: Ambientación y conocimiento del equipo. Trabajos básicos de buceo. Búsqueda de objetos sumergidos mediante señales de buzo. Reconocimiento de fondos.

Mantenimiento y reparación de reductores: Desmontado y montado de la envoltura metálica y de sus partes interiores. Limpieza y conservación de las mismas. Conocimiento de los mecanismos interiores. Funcionamiento de cada uno de estos mecanismos. Riesgos mecánicos (averías mas probables). Utilización y almacenamiento,

Matenimiento y reparación de trajes de buceo: Conocimiento de los elementos utilizados en el mantenimiento y reparación de trajes. Preparación de parches: Plantillas. Refuerzos. Normas de mantenimiento y conservación de trajes.

Mantenimiento equipo narguile: Preparación y colocación de talajes. Diferentes sistemas de traqueales. Mecanismos interiores del bloque reductor. Riesgos mecánicos. Utilización y almacenamiento.

Prácticas de embarcaciones auxiliares de buceo en dársena y mar acierto.

Trabajos avanzados de buceo en dársena y mar abierto: Conocimiento de los equipos de mezcla. Corte de remaches y cable a cincel y tajadera. Golilla múltiple rectangular. Corte de estachas liadas en hélices con formón y serrucho. Taponamiento de rejillas de aspiración. Tubería acoplada sobre guindola. Manguera de succión. Parche sobre la cabeza.

Prácticas en complejo hiperbárico: Conocimiento de todos los elementos de un complejo hiperbárico. Inmersiones simuladas. Reco presiones de tratamiento. Problemas prácticos de descompresión y tratamiento. Manejo de los elementos auxiliares del complejo hiperbárico. Actuación en situaciones de emergencia.

Prácticas de reparaciones a flote y salvamento de buques en dársena: Conocimiento de los elementos utilizados para el taponamiento de las vías de agua. Preparación de paneles y medios de salvamento. Colocación de paneles en superestructura. Salvamento del flotador cilíndrico. Prácticos de achique de tanques en serie. Acoplo y reflotado de tuberías.

Todos estos ejercicios prácticos deberán ser complementados con una adecuada formación en Educación Física y Deportes para alcanzar el óptimo nivel de endurecimiento y preparación física que todo buceador debe poseer.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 02/10/1980
  • Fecha de publicación: 27/10/1980
  • Fecha de derogación: 01/07/2020
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Real Decreto 550/2020, de 2 de junio (Ref. BOE-A-2020-6745).
Referencias anteriores
Materias
  • Actividades subacuáticas
  • Enseñanza Náutica
  • Escuelas de Náutica
  • Marinas Mercante y de Pesca

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