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Documento BOE-A-1980-2356

Resolución de la Dirección General de Tributos sobre delegación de atribuciones en el Inspector central de esta Dirección General.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 1980, páginas 2470 a 2470 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1980-2356
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1980/01/24/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

Haciendo uso de la facultad que me confiere el apartado quinto del artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957, he resuelto, previa aprobación del excelentísimo señor Ministro del Departamento, delegar en V. I. las siguientes atribuciones:

Primero.

Adoptar las resoluciones procedentes en orden a la gestión y funcionamiento adecuados de los servicios de inspección, tanto en lo relativo al personal, sea o no Inspector adscrito a los mismos, como en lo referente a los medios materiales precisos para su desenvolvimiento. En particular, con tal carácter, ejercerá cuantas funciones correspondan a la Dirección General en lo relativo a provisión de puestos de trabajo, traslados de personal, dotación de plantillas, firma de nóminas de dietas y locomoción, nómina de incentivos, presupuestos y cuentas de material y diligencias relativas a títulos de los funcionarios Inspectores y Subinspectores, así como demás normas sobre trámite administrativo relativas a dicho personal.

Segundo.

Por igual delegación, le corresponde la coordinación de los servicios de informática fiscal en relación con el apoyo a las tareas de la Inspección Financiera y Tributaria.

Tercero.

Para la debida ejecución de lo dispuesto en el Real Decreto 1678/1979, de 6 de julio, el Inspector central realizará la adscripción a los diferentes órganos y servicios de la Inspección Central del personal necesario, ya se trate de Inspectores nacionales o Inspectores colaboradores, ya de Subinspectores de Tributos, así como los funcionarios administrativos y auxiliares que se estimen precisos.

Del mismo modo, adoptará las medidas convenientes para la adecuada dotación de elementos materiales a los servicios que de él dependan.

Cuarto.

En los acuerdos y resoluciones se hará constar expresamente la circunstancia de la delegación que se otorga.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 24 de enero de 1980.−El Director general, Alfonso Gota Losada.

Ilmo. Sr. Inspector central de la Dirección General de Tributos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/01/1980
  • Fecha de publicación: 01/02/1980
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado de 26 de julio de 1957 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA Real Decreto 1678/1979, de 6 de julio (Ref. BOE-A-1979-16451).
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Dirección General de Tributos
  • Ministerio de Hacienda

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