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Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 249, de fecha 16 de octubre de 1980, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 23062, primera columna, artículo 155, apartado 3, párrafo segundo, donde dice: «... rendimientos a retención», debe decir: «... rendimientos sujetos a retención».
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