Advertidos errores en la publicación de la corrección de errores del Convenio sobre el Reglamento Internacional para prevenir los abordajes, hecha en el «Boletín Oficial del Estado» número 112, de fecha 11 de mayo de 1981, página 10058, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
Regla 10, donde dice: «igual rectificación debe hacerse en los párrafos a), b), ii), d), f), g) y h)», debe decir: «igual rectificación debe hacerse en los párrafos a), b), b)ii), d), f), g) y h).»
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 22 de julio de 1981.–El Secretario general Técnico, José Cuenca Anaya.
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