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Documento BOE-A-1983-20070

Orden de 11 de julio de 1983 por la que se extiende la designación como instaladores autorizados de tacógrafos a los carroceros de autobuses y autocares, según lo previsto en la Orden de 24 de septiembre de 1982.Ver texto consolidado

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 172, de 20 de julio de 1983, páginas 20201 a 20201 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1983-20070
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1983/07/11/(4)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

La Orden de 24 de septiembre de 1982, sobre autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos, autoriza a actuar como instaladores autorizados de tacógrafos a los fabricantes de vehículos, así como a los importadores y talleres concesionarios de los fabricantes de vehículos.

Ahora bien, parece oportuno extender esta facultad a los carroceros de autobuses y autocares, ya que el fabricante del autobastidor ignora el destino, que se le va a dar al mismo.

En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

Los carroceros de autobuses y autocares podrán ser designados instaladores autorizados para la instalación, en primer equipo, y la comprobación inicial de tacógrafos, en las mismas condiciones que las Entidades a que se refiere el punto 3.º apartado 1, de la Orden de 24 de septiembre de 1982, sobre autorización de talleres para la instalación, reparación, comprobación y revisión periódica de tacógrafos.

Segundo.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos

Madrid, 11 de julio de 1983.

SOLCHAGA CATALÁN

Ilmo. Sr. Subsecretario.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/07/1983
  • Fecha de publicación: 20/07/1983
  • Fecha de entrada en vigor: 21/07/1983
  • Fecha de derogación: 14/09/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden IET/1071/2013, de 6 de junio (Ref. BOE-A-2013-6413).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el punto 3.1 de la Orden de 24 de septiembre de 1982 (Ref. BOE-A-1982-25996).
Materias
  • Aparatos de medida
  • Circulación vial
  • Mercancías
  • Talleres de reparación de automóviles
  • Transportes por carretera
  • Vehículos de motor

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