Está Vd. en

Documento BOE-A-1983-24238

Orden de 19 de julio de 1983 por la que se establecen determinadas Administraciones de Hacienda en la provincia de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 12 de septiembre de 1983, páginas 25023 a 25023 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1983-24238
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1983/07/19/(5)

TEXTO ORIGINAL

Siguiendo el desarrollo del programa de implantación de Administraciones de Hacienda en Barcelona previsto para el año l983, procede finalizar la fase de establecimiento de las que han de formar la estructura total de estos órganos en la citada provincia, para lo que se hace uso de su autorización concedida por la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero,

En su virtud,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero. 1. Se establecen en Barcelona las siguientes Administraciones de Hacienda:

a) Gracia, Pueblo Nuevo, San Andrés y Sans-Las Corts, en la capital.

b) Arenys de Mar, Berga, Granollers, lgualada, Manresa, San Cugat del Vallés, Santa Coloma de Gramanet, Vic, Vilafranca del Penedés y Villanueva y la Geltrú, en el resto de la provincia.

2. El ámbito territorial de cada una de las Administraciones de Hacienda a que se refiere el párrafo anterior es el que se determina en el anexo que se acompaña a esta Orden.

3. En la fecha en que se disponga la iniciación del funcionamiento de ceda una de las nuevas Administraciones de Hacienda citadas en el párrafo l de este número, se reducirá el ámbito territorial de las que, anteriormente establecidas, resulten afectadas por esta Orden, que pierden las zonas o pueblos que se incorporan a las nuevas, y pasando a denominarse Horta la establecida por Orden ministerial de 25 de abril de 1979 con el nombre de San Andrés-Horta.

Segundo.- Por Orden ministerial se determinará la estructura orgánica, las funciones y la fecha de iniciación de las actividades de cada una de las Administraciones de Hacienda que se establecen.

Madrid, 19 de julio de 1983.- P. D., el Subsecretario, José Antonio Cortés Martinez.

ANEXO

Ambito territorial de las Administraciones de Hacienda

1. Administración de Gracia: Abarca la zona de recaudación número 8 de Barcelona-capital, que se segrega de la Administración de pedralbes-Sarriá.

2. Administración de Pueblo Nuevo: Abarca la zona de recaudación número 3 de Barcelona-capital.

3. Administración de San Andrés: Abarca la parte da la zona 9. de recaudación situada al Norte y Este de la línea divisoria que se inicia en la confluencia de la vía del ferrocarril de Barcelona a Cerbere con el paseo de Once de Septiembre y sigue por el paseo de Fabra y Puig, avenida de la Meridiana y paseo de Valldaura hasta su unión con la calle Scala Dei por donde pasa el limite de la zona, segregándose esta parte del resto de la zona, que permanece en la Administración de Horta.

4. Administración de Sans-Las Corts: Abarca la zona de recaudación número 25 de Barcelona-capital.

5. Administración de Arenys de Mar: Abarca la zona 1e recaudación número 10, Arenys de Mar, que se segraga de la Admistración de Mataró.

6. Administración de Berga: Abarca la zona de recaudación número 12, de Berga.

7. Administración de Granollers: Abarca la zona de recaudación número 13, de Granollers.

8. Administración de Igualada: Abarca la zona de recaudación número 14, de Igualada.

9. Administración de Manresa: Abarca la zona recaudatoria nú- número 15, de Manresa.

10. Administración de San Cugat del Vallés: Comprende los términos municipales de San Cugat del Vallés y la Rubí, que se segregan de la Administración de Hacienda de Tarrasa.

11. Administración de Santa Coloma de Gramanet: Comprende el término municipal de Santa Coloma de Gramanet que se segrega de la Administración de Badalona.

12. Administración de Vic: Abarca la zona de recaudación número 20, de Vic.

13. Administración de Vilafranca del Penedés: Abarca la zona número 21, de Vilafranca del Penedés.

14. Administración de Villanueva y la Geltrú: Abarca la zona número 22 de Villanueva y la Geltrú.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/07/1983
  • Fecha de publicación: 12/09/1983
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero (Ref. BOE-A-1979-7817).
  • CITA Orden de 25 de abril de 1979 (Ref. BOE-A-1979-11121).
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Delegaciones de Hacienda
  • Ministerio de Economía y Hacienda

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid