Padecidos errores en la inserción de la mentada Orden publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 190, de fecha 10 de agosto de 1983, a continuación ee formulan las oportunas rectificaciones:
En la página 22098, tercero, 2, segunda línea, donde dice: «cia, en cada Inspección Regional existirá ...», debe decir: «cia, cada Inspección Regional, existirá...».
En la misma página, cuarto, primera línea, donde dice: «Las Dependencia de Inspección de las ...», debe decir: «Las Dependencias de Inspección de las ...».
En la página 22099, c), 1, segunda línea, donde dice: «...en el Real Decreto 412/1982, de 12 de febrero», debe decir: «...en el Decreto 412/1982, de 12 de febrero».
En dicha página, sexto, línea cuarta, donde dice: «...que se les reconocen por Orden de ...», debe decir: «...que se les reconocen por la Orden de ...».
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