En uso de las facultades conferidas por el número 5 del artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, previa aprobación del excelentísimo señor Ministro del Departamento, esta Dirección General ha tenido a bien disponer:
Primero.-Se delega en los Jefes de Comandancia de la Guardia Civil las funciones previstas en el artículo tercero del Real Decreto 740/1983, de 30 de marzo, relativo a expedición de guías de pertenencia tipo E de las armas cortas reglamentarias o particulares de la segunda categoría al personal de Policía de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
Segundo.-En el plazo de tres meses, contados desde la aprobación de los modelos de las guías de pertenencia tipo E, serán canjeadas las actuales por los nuevos modelos.
Tercero.-Los Jefes de Comandancia remitirán a la Dirección General Intervención Central de Armas y Explosivos un cuerpo correspondiente a las guías que se expidan.
Cuarto.-En todo momento, esta Dirección General podrá recabar el conocimiento y resolución de estos documentos y expedientes objeto de delegación, cualquiera que sea el estado de su tramitación.
Quinto.-El ejercicio de las atribuciones delegadas en virtud de esta Resolución se ajustará a lo dispuesto en los artículos 22, 32.2 y 38.3 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y 93.4 y 118 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Sexto.-La presente Resolución comenzara a regir el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.
Madrid, 26 de septiembre de 1983.-El Teniente General, Director general, José Luis Aramburu Topete.
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