El Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de octubre corriente, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad, registrado con el número 687/1983, promovido por el Defensor del Pueblo contra el inciso <más representativas, de conformidad con la disposición adicional sexta de la Ley 8/1982, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores...>, contenido en el capítulo 04, artículo 48, concepto 483, del anexo III, sección 19 (Trabajo y Seguridad Social), servicio 01, de la Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado.
Lo que se publica para general conocimiento.
Madrid, 19 de octubre de 1983.- El Secretario de Justicia.
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