DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 9. DEL DECRETO-LEY DE 4 DE FEBRERO DE 1964 Y 2., 1, DE LA LEY 46/1980, DE 1 DE OCTUBRE , EL COMITE SUPERIOR DE PRECIOS DE CONTRATOS DEL ESTADO HA ELABORADO LOS INDICES DE PRECIOS DE MANO DE OBRA NACIONAL Y PROVINCIALES Y LOS DE MATERIALES DE LA CONSTRUCCION APLICABLES A LA REVISION DE PRECIOS DE CONTRATOS DE OBRAS DEL ESTADO CORRESPONDIENTES AL MES DE NOVIEMBRE DE 1983, LOS CUALES HAN SIDO PROPUESTOS PARA EL CITADO MES
APROBADOS LOS REFERIDOS INDICES POR EL CONSEJO DE MINISTROS EN SU REUNION DEL DIA 22 DE FEBRERO DE 1984, ESTE MINISTERIO HA TENIDO A BIEN DISPONER SU PUBLICACION EN LA FORMA SIGUIENTE:
(CUADRO OMITIDO).
MADRID, 22 DE FEBRERO DE 1984.- BOYER SALVADOR.
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