Está Vd. en

Documento BOE-A-1984-9203

Orden de 12 de abril de 1984 por la que se establecen Administraciones de Hacienda en la Delegación de Hacienda Especial de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 97, de 23 de abril de 1984, páginas 11153 a 11153 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1984-9203
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/04/12/(13)

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de llevar a cabo el proceso de establecimiento de Administraciones de Hacienda, y haciendo uso de la autorización que concede la disposición final primera del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, procede aprobar la reglamentación completa de Administraciones que han de funcionar, incluyendo en ella, por tanto, también las ya establecidas, estén o no en funcionamiento.

Esta relación se debe hacer para cada Delegación de Hacienda Especial con el fin de presentar con criterios de uniformidad la nueva realidad que proporciona mayor eficacia a la gestión tributaria.

En su virtud,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.-En el ámbito territorial de la Delegación de Hacienda Especial de Extremadura existirán las siguientes Administraciones de Hacienda:

1. Delegación de Hacienda de Badajoz:

a) Mérida.

b) Zafra.

c) Don Benito.

2. Delegación de Hacienda de Cáceres:

a) Plasencia.

b) Navalmoral de la Mata.

c) Trujillo.

Segundo.-El ámbito territorial de cada una de las Administraciones de Hacienda a que se refiere el número anterior es el que se señala en el anexo que se acompaña a esta Orden.

Tercero.-La distribución de Administraciones de Hacienda que se establece en el número primero para la Delegación de Hacienda Especial de Extremadura sustituye, en su caso, a la prevista en Ordenes anteriores para las respectivas Delegaciones de Hacienda.

Cuarto.-Por Orden ministerial se determinará la estructura orgánica, las funciones y la fecha de iniciación de las actividades de cada una de las Administraciones de Hacienda que se establecen.

Madrid, 12 de abril de 1984.-P. D., el Secretario de Estado de Hacienda, José Borrell Fontelles.

ANEXO

Ambito territorial de las Administraciones de Hacienda

1. Delegación de Hacienda de Badajoz:

a) La Administración de Hacienda de Mérida comprende el ámbito territorial de las Zonas Recaudatorias de Mérida y Almendralejo.

b) La Administración de Hacienda de Zafra comprende el ámbito territorial de las Zonas Recaudatorias de: Zafra, Jerez de los Caballeros, Fregenal de la Sierra, Llerena y Fuente de Cantos.

c) La Administración de Hacienda de don Benito comprende el ámbito territorial de las Zonas Recaudatorias de: Don Benito, Villanueva de la Serena, Castuera y Herrera del Duque.

2. Delegación de Hacienda de Cáceres:

a) La Administración de Hacienda de Plasencia comprende el ámbito territorial de las Zonas Recaudatorias de: Plasencia y los siguientes diecisiete municipios de Coria: Cadalso, Descargamaría, Gata, Guijo de Coria, Guijo de Galisteo, Hernán-Pérez, Holguera, Morcillo, Pozuelo de Zarzón, Riolobos, Robledillo de Gata, Santibáñez el Alto, Torrecilla de los Angeles, Torre de Don Miguel, Villa del Campo, Villanueva de la Sierra y Villasbuenas de Gata.

b) La Administración de Hacienda de Navalmoral de a Mata comprende el ámbito territorial de la Zona Recaudatoria de Navalmoral de la Mata.

c) La Administración de Hacienda de Trujillo comprende el ámbito territorial de la Zona Recaudatoria de Trujillo.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/04/1984
  • Fecha de publicación: 23/04/1984
Referencias anteriores
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Comunidades Autónomas
  • Delegaciones de Hacienda
  • Extremadura
  • Ministerio de Economía y Hacienda

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid